Los jueces defienden las restricciones para la hostelería en Navarra
El consumo está prohibido a grupos de más de seis personas a partir de mediodía
Publicada 16/09/20 16:54hLa Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN) ha rechazado suspender de forma cautelarísima la última orden foral de la consejera de Salud que incluyó nuevas restricciones para el sector de la hostelería y la restauración ante el avance de la pandemia. En este caso los jueces avalan las medidas restrictivas, pero en Aragón el Tribunal Superior de Justicia ha tumbado las restricciones y da la razón a los hosteleros (vea: Los hosteleros de Aragón ganan el primer asalto contra las restricciones).
Los recurrentes, la Asociación de Hostelería y Turismo de Navarra y la Asociación Navarra de Pequeña Empresa de Hostelería, solicitaron este lunes la medida cautelarísima de suspensión de la Orden Foral 42/19, que, entre otras pautas, establecía que a partir de las 12 del mediodía solo se podrá consumir en mesas o agrupaciones y el máximo de personas será de seis tanto en el interior de los locales como en las terrazas.
Los magistrados estiman en el auto, contra el que no cabe recurso, que no se aprecia la especial urgencia invocada por los demandantes, informa el TSJN. Sin embargo, anuncian que dictarán un auto definitivo sobre las restricciones "en breves fechas".
“Y es que el hecho de que la parte considere importantes para sus negocios la segunda quincena de septiembre, tal circunstancia no constituye una urgencia objetivamente considerada sino una opinión subjetiva de la parte que no permite prescindir del trámite de audiencia (con sacrificio del principio de contradicción y el correlativo a la tutela judicial efectiva) que suponen las medidas cautelares ordinarias", expone el tribunal
No obstante, el Tribunal ya adelanta en la resolución que procederá a dictar “en breves fechas” un auto sobre el fondo de la cuestión en el que se pronunciará definitivamente sobre estas restricciones
El lunes un auto del Juzgado Contencioso Administrativo número 3 de Pamplona ratificó la citada Orden Foral al considerar las medidas recogidas en ella "adecuadas, necesarias y proporcionales" para reducir los contagios de COVID19.
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