Ryanair, sentenciada a indemnizar a pilotos y TCP despedidos en Canarias
El Juez declara la extinción de los contratos de los trabajadores afectados por el ERE de Ryanair en Canarias
Publicada 11/03/21 17:29hLa Audiencia Nacional ha dictado un Auto contra Ryanair, obligándola a indemnizar a los pilotos y tripulantes de cabina de pasajeros (TCP) que fueron despedidos por el expediente de regulación de empleo (ERE) que introdujo en Canarias para despedir a 224 empleados, así como a abonar íntegramente todos sus salarios hasta la fecha de la resolución, algo a lo que la compañía se ha negado hasta la fecha (ver: Ryanair despide en Canarias a 70 pilotos y 134 tripulantes de cabina).
Según ha informado el Sindicato Español de Pilotos de Líneas Aéreas (Sepla), los pilotos y TCP seguían en un limbo desde enero de 2020, tras ser despedidos por el cierre de las bases canarias en un ERE que fue tachado de fraudulento y declarado nulo por la Audiencia Nacional dos meses después (ver: La Audiencia Nacional anula el ERE de Ryanair por "abuso de derecho").
La Audiencia Nacional considera que no se ha producido una readmisión regular de los trabajadores, que ni han sido reincorporados a la empresa tras esa sentencia de nulidad ni se les ha abonado los salarios que debían percibir desde entonces hasta el momento.
Ryanair incluyó a los pilotos de Canarias ya despedidos en ese ERE en un expediente de regulación temporal de empleo (ERTE) para eludir el pago de sus salarios, que cargo al Estado a través de ese instrumento aprobado en el marco de la pandemia de COVID-19. Sin embargo, a esos pilotos no les proporcionaba trabajo efectivo, como sí hacía con el resto de la plantilla también afectada por la suspensión temporal.
El citado ERTE en el que la compañía incluyó a los pilotos de Canarias fue declarado también nulo, tanto por la Dirección General de Trabajo como por la Audiencia Nacional. A pesar de ello, Ryanair continuó sin abonar los salarios a los tripulantes técnicos afectados (ver: El ERTE de Ryanair es anulado por la Audiencia Nacional por fraudulento y Trabajo anula el ERTE por fuerza mayor de Ryanair a 200 trabajadores).
En el Auto, la Audiencia Nacional exige a Ryanair indemnizar a los despedidos con la cantidad equivalente a un despido improcedente: 45 días por año trabajado hasta febrero de 2012 y, a partir de entonces, 33 días por año trabajado hasta el 5 de marzo de 2021.
Además, la low cost deberá abonar todos los salarios íntegros dejados de percibir por los pilotos desde el momento de ejecución del ERE hasta la actualidad, así como una indemnización adicional de 15 días por año trabajado con un máximo de doce mensualidades.
Esta indemnización adicional, la máxima contemplada por la ley, la Audiencia la justifica como “pago compensatorio” a los trabajadores, derivado de la actitud y las acciones de Ryanair durante todo el proceso que han demostrado su falta de interés por el cumplimiento de la sentencia de nulidad.
En tal sentido, la Audiencia apela, en primer lugar, a la “mala fe patronal” durante la ejecución y la negociación del despido colectivo en Canarias. En segundo lugar, esgrime las “actuaciones fraudulentas” llevadas a cabo por Ryanair, como es el hecho de incorporar a los trabajadores despedidos al ERTE por causa de fuerza mayor que ejecutó desde marzo de 2020. En tercer lugar, por no haber facilitado la ejecución de la sentencia de nulidad.
Y, finalmente, por el “perjuicio” causado por Ryanair a los trabajadores al haberse negado a readmitirlos, tal y como dictaminaba la primera sentencia, perdiendo sus empleos de forma injustificada.
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