Ryanair anuncia acciones legales contra Rumbo sobre la subida de precios de Santiago
Publicada 12/08/13
Ryanair ha enviado una carta a Rumbo en la que vuelve a defenderse de Rumbo al asegurar que no fue la aerolínea la que incrementó los precios para Santiago en días posteriores al accidente de tren y anuncia acciones legales.
Como informó HOSTELTUR noticias de turismo en Nuevo enfrentamiento entre Rumbo y Ryanair, Rumbo aseguró al comienzos de agosto que fue la low cost la que aumentó los precios porque, según afirmaba "Rumbo, como agencia de viajes, se dedica a intermediar entre las compañías aéreas y el cliente final, aportándole a este último un servicio de comparación y reserva, es decir, tanto la disponibilidad de plazas como las tarifas de las mismas son las publicadas por las compañías aéreas y no existe para las agencias de viajes ninguna posibilidad de incidir sobre las tarifas de los vuelos".
Ahora Ryanair asegura que la online está realizando “acusaciones falsas” contra Ryanair en el sentido de afirmar que la aerolínea “incrementó sus tarifas de 471 euros a 800 euros para dos personas en un vuelo de Madrid a Santiago de Compostela a raíz del terrible accidente ferroviario de Santiago”.
Ryanair afirma que “ha llevado a cabo una exhaustiva investigación interna que ha confirmado de manera concluyente que no consta reserva alguna realizada por pasajeros llamados Ángel y Elisa (cuyo caso recogió un diario) a una tarifa conjunta de 471 euros para ninguno de los tres vuelos de Madrid a Santiago del 25 de julio de 2013. De ello se deriva que fue Rumbo quien llevó a estas personas a creer que realmente habían realizado una reservas de un vuelo de Ryanair para ellos , a la tarifa conjunta de 471 euros. Ryanair puede demostrar con documentos concluyente que sus tarifas nunca alcanzaron (ni exhibidas ni contratadas) los 400 euros unitarios en ninguno de los mencionados tres vuelos (que daría la cifra conjunta de 800 euros que Rumbo dijo a estas personas que había sido la tarifa incrementada de Ryanair”. Y añade “Tengan en cuenta, finalmente, que Ryanair nunca incrementa sus tarifas una vez una determinada reserva ha sido concluida”.
Por todo ello la aerolínea exige ahora a Rumbo que confirme “que Rumbo no realizó ninguna reserva para pasajeros llamados Ángel o Elisa, o a un precio conjunto de 471 euros para un vuelo de Ryanair de Madrid a Santiago para el 25 de julio de 2013, a pesar del hecho de que Rumbo llevó a estas personas a pensar que esta reserva había sido efectivamente realizada; que Ryanair nunca informó a Rumbo de que la supuesta reserva fue cancelada porque la compañía había incrementado el precio de los billetes para ese trayecto; y que Ryanair no ofreció los billetes pretendidos por los referidos consumidores a un precio conjunto de 800 euros.
La aerolínea asegura que de no serle respondido todo ello con satisfacción como máximo hoy día 12 de agosto de 2013, iniciará “las acciones legales que asistan a sus derecho en relación a los comentarios realizados por Rumbo por tratarse de manifestaciones difamatorias y por dañar la reputación, honor e imagen de Ryanair”.
Ceaccu denuncia a ambas compañías
La Confederación Española de Organizaciones de Amas de Casa, Consumidores Usuarios (Ceaccu) ha denunciado ante las autoridades gallegas de consumo a la aerolínea de bajo coste Ryanair y a la agencia de viajes online Rumbo por la subida de precios que se produjo.
En la denuncia, presentada el 12 de agosto, Ceaccu sostiene que de haberse producido tal como y denunciaron familiares de los afectados que se vieron obligados a tomar otros medios de transporte alternativos como consecuencia del encarecimiento de los precios, las dos compañías estarían incurriendo en una "práctica desleal sancionable en vía administrativa".
"Los hechos denunciados pudieran constituir infracción grave de consumo a tenor de lo dispuesto en el artículo 82.23 de la Ley 2/2012, de 28 de marzo, gallega de protección general de las personas consumidoras y usuarias, por realización de práctica comercial desleal, en su modalidad agresiva, con relación a lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley 3/1991, de 10 de enero, de Competencia Desleal", según la denuncia.
En caso de haberse procedido a la emisión de localizador del vuelo, con confirmación del precio inicialmente ofertado y de haberse exigido un importe superior con posterioridad, "ello supondría infracción del artículo 61 del vigente Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios".
Además, si se verifican los hechos "cabría su consideración como infracción muy grave por valerse la empresa responsable de situación de necesidad, conforme a lo establecido en el artículo 84.c) de la Ley 2/2012, de 28 de marzo", según reza la denuncia.
De esta manera, las dos empresas podrían enfrentarse a la imposición de una sanción muy grave en grado máximo de hasta 600.000 euros o subsidiariamente como grave en grado máximo de hasta 15.000 euros.
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