Europa se plantea un Certificado UE COVID, por 12 meses y sin cuarentenas
Publicada 29/04/21 18:40h
El Parlamento Europeo (PE) ha aprobado el nuevo “Certificado UE COVID-19”, en lugar de Certificado Verde Digital propuesto por la Comisión Europea, que estará limitado a una duración de 12 meses y exonerará a sus portadores de ser sometidos a restricciones como cuarentenas, autoaislamiento o test. El documento, que podrá emitirse en formato digital o en papel, indicará que la persona ha sido vacunada contra el coronavirus, o que cuenta con un test negativo reciente, o que ha superado la enfermedad. En ningún caso el certificado COVID-19 podrá utilizarse como documento de viaje ni convertirse en condición necesaria para la libre circulación, subrayan los eurodiputados.
La propuesta que regula el certificado para los nacionales de la UE, cuyo ponente ha sido el eurodiputado español Juan Fernando López Aguilar (S&D), presidente de la comisión de Libertades logró 540 votos a favor, 119 en contra y 31 abstenciones, mientras que la centrada en los nacionales de terceros países recibió 540 votos favorables, 80 en contra y 70 abstenciones. La resolución fue votada este miércoles y sus resultados anunciados en el pleno el jueves.
La Eurocámara ha informado que tanto el Parlamento como el Consejo están ya preparados para iniciar las negociaciones a fin de lograr un acuerdo antes del inicio de la temporada turística de verano.
No a restricciones adicionales
El PE ha precisado que los titulares del certificado UE COVID-19 no deberían estar sujetos a restricciones de viaje adicionales como cuarentena, autoaislamiento o test. Los eurodiputados reclaman, asimismo, que “los países aseguren posibilidades de test universales, accesibles, oportunas y gratuitas para evitar discriminación contra los no vacunados y por cuestiones económicas”.
Compatible con iniciativas nacionales
El Parlamento quiere asegurar que el certificado europeo sea compatible con otras iniciativas a nivel nacional que, en todo caso, deberán respetar el mismo marco legislativo.
Los Estados miembros deberán aceptar los certificados de vacunación emitidos en otros países de la UE para personas inoculadas con vacunas autorizadas para su uso en la Unión Europea por la Agencia Europea del Medicamento (EMA) que, en estos momentos, son la Pfizer-BioNTech, Moderna, AstraZeneca y Janssen, según lo aprobado por los eurodiputados.
No obstante, dejan a la decisión de cada Estado miembro el aceptar los certificados de vacunados de otros países europeos para vacunas incluidas en la lista de la Organización Mundial de la Salud para uso de emergencia.
Protección de datos
Los certificados estarán verificados, igual que sus sellos electrónicos, para evitar el fraude y la falsificación. Los datos personales obtenidos para la expedición del certificado no podrán almacenarse en el país de destino y tampoco habrá una base de datos centralizada en la UE.
La lista de organismos que procesarán y recibirán los datos será pública, para que los ciudadanos puedan ejercitar su derecho a la protección de datos, en el marco del Reglamento General de Protección de Datos.
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