Se suma a Australia, Nueva Zelanda, Ruanda, Singapur, Corea del Sur, Tailandia, Israel y China

Europa levanta las restricciones a los viajeros procedentes de Japón

El límite de nuevos casos de la COVID-19 para permitir la entrada a ciudadanos de países terceros se eleva de 25 a 75 por cada 100 000 habitantes en los últimos 14 días

Publicada 03/06/21 19:27h
Europa levanta las restricciones a los viajeros procedentes de Japón

El Consejo Europeo ha aprobado este miércoles agregar a Japón a la lista de países para los que los Estados miembros de la Unión Europea deberían levantar gradualmente las restricciones a los viajes no esenciales.

Hasta ahora, la Unión Europea solo ha permitido la llegada sin restricciones a viajeros procedentes de ocho países: Australia, Nueva Zelanda, Ruanda, Singapur, Corea del Sur, Tailandia, Israel y China, aunque este último está sujeto a confirmación de la reciprocidad en los viajes.

Tal y como se estipula en la recomendación del Consejo, esta lista se seguirá revisando cada dos semanas y, en su caso, se actualizará.

La última revisión se realizó el pasado 6 de mayo, cuando se ordenó el levantamiento de las restricciones a los viajeros procedentes de Israel.

La Unión Europea solo permite viajes no esenciales a ciudadanos procedentes de nueve países

Sobre la base de los criterios y condiciones establecidos en la recomendación, a partir de este jueves los estados miembros deberían levantar gradualmente las restricciones de viaje en las fronteras exteriores para los residentes de Japón.

Las restricciones de viaje también deberían levantarse gradualmente para las regiones administrativas especiales de China: Hong Kong y Macao, aunque también están sujetas a la confirmación de reciprocidad.

Los residentes de Andorra, Mónaco, San Marino y el Vaticano están considerados residentes de la Unión Europea a los efectos de esta recomendación.

Cambio de criterios

El pasado 20 de mayo, el Consejo Europeo modificó los criterios para determinar los terceros países para los que debería levantarse las restricciones de viajes elevando el límite de los 25 hasta los 75 nuevos casos de la COVID-19 por cada 100 000 habitantes en los últimos 14 días.

Otros requisitos que se tienen en cuenta son el grado de avance en la vacunación de la población de dicho país contra el virus. Del mismo modo, la detección de variantes de interés y de variantes preocupantes se ha de realizar de forma conjunta, para así hacer frente al riesgo que plantean estas nuevas cepas del virus.

Se seguirán aplicando otros criterios vigentes, como una tendencia estable o decreciente del número de nuevos casos, el número de pruebas realizadas, un índice de positividad del 4% entre todas las pruebas realizadas, la respuesta global a la COVID-19 en el país y la fiabilidad de la información disponible. Deberá seguir teniéndose en cuenta el criterio de reciprocidad, caso por caso.

Los países asociados a Schengen (Islandia, Liechtenstein, Noruega, Suiza) también participan en esta recomendación del Consejo Europeo.

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