Los dueños de pisos deberán informar sobre sus huéspedes a la Policía
Los operadores turísticos y plataformas digitales deberán inscribirse en un registro informático
Publicada 27/10/21 09:16h- Operadores turísticos y plataformas deberán inscribirse en un registro informático de actividades; las personas no, pero sí informar
- En la Secretaría de Estado de Seguridad se crearán dos registros únicos centralizados, uno para alojamientos y el segundo para vehículos
- La medida se actualiza al entender que en la logística terrorista y de crimen organizado toma relevancia el alojamiento y los vehículos
Los operadores turísticos, las plataformas digitales y las personas físicas no profesionales deberán proporcionar información a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad sobre los clientes que alquilar alojamientos o vehículos. Este real decreto, aprobado el martes por el Consejo de Ministros, actualiza una normativa vigente, con el objetivo de prevenir las amenazas de seguridad, “especialmente frente a la actividad terrorista y el crimen organizado”.
La normativa vigente obligaba a hoteles, pensiones, campings, apartamentos, bungalows y pisos turísticos, y a empresas de alquiler de vehículos, a comunicar los datos de sus clientes.
“La aparición en el sector de nuevos actores e intermediadores (operadores turísticos, plataformas digitales y personas físicas no profesionales) hacía necesaria una actualización de la norma”, explican
El real decreto aprobado este martes “adecúa la regulación” a la realidad actual y a las necesidades de la prevención de las amenazas a la seguridad, especialmente frente a la actividad terrorista y del crimen organizado, ya que “en ambos casos, es de especial relevancia la logística del alojamiento y la adquisición o uso de vehículos a motor”.
Los operadores turísticos y las plataformas digitales que prestan servicios en España deberán inscribirse en un registro informático de actividades, al que deberán suministrar información sobre las operaciones que realicen y los datos básicos del cliente al que presten servicio
Las personas no profesionales que alquilen alojamiento o vehículos a terceros están exentas de inscribirse en el registro, pero quedan obligadas a comunicar la misma información sobre sus operaciones y clientes.
A su vez, el real decreto prevé la creación en la Secretaría de Estado de Seguridad de dos registros únicos centralizados, uno para alojamientos y el segundo para vehículos, “en los que quedarán almacenados los datos para fines de prevención, investigación, detección o enjuiciamiento de infracciones penales”, conforme a la normativa sobre protección de datos de carácter personal aplicable.
El proyecto ha sido validado por el Consejo de Estado tanto desde la perspectiva de su adecuación al ordenamiento jurídico como a la normativa comunitaria, al entender que "existen razones de seguridad pública que aconsejan proceder a este desarrollo reglamentario para asegurar una respuesta eficaz ante las amenazas de la seguridad ciudadana procedentes de la actividad terrorista y el crimen organizado".
Para comentar, así como para ver ciertos contenidos de Hosteltur, inicia sesión o crea tu cuenta
Inicia sesión