Quién puede optar al fondo de Turismo de 565 M € para proyectos innovadores
Los préstamos financiarán con carácter preferente actuaciones de digitalización, accesibilidad, eficiencia energética y economía circular
Publicada 08/12/21- Podrán acogerse a estos préstamos autónomos, trabajadores por cuenta propia y sociedades mercantiles
- Las encargadas de convocar, tramitar y resolver las solicitudes serán las comunidades autónomas por tener las competencias de turismo
- Los préstamos financiarán, como máximo, hasta el 75% del coste financiable de los proyectos, sin que se superen los seis millones de euros
El Consejo de Ministros aprobó ayer la nueva regulación del Fondo para la Competitividad de las Empresas Turísticas (FOCIT), dotado con 565 millones de euros. Se destinará a financiar, con préstamos, proyectos de empresas que mejoren la competitividad del sector turístico, en especial aquellos que contengan actuaciones de digitalización, accesibilidad, eficiencia energética y economía circular.
Podrán acogerse a estos préstamos los trabajadores autónomos o por cuenta propia dados de alta en la Seguridad Social o mutualidad del Colegio Profesional correspondiente, así como las sociedades mercantiles privadas que desarrollen una actividad turística.
Las comunidades autónomas serán las encargadas de convocar, tramitar y resolver las solicitudes, al tener las competencias en materia de turismo. No obstante, y debido a que se trata de un fondo único, la Conferencia Sectorial de Turismo acordará el mecanismo para que las convocatorias y tramitación de los expedientes se efectúen de forma coordinada.
Además, y a propuesta de la Secretaría de Estado de Turismo, decidirá los criterios de valoración de las solicitudes y, con validez para dos años, el calendario de las convocatorias y tramitación de préstamos.
El desarrollo reglamentario de este fondo es una de las reformas previstas en el Plan Nacional de Recuperación, Transformación y Resiliencia, en concreto, es parte del plan de modernización y competitividad del sector turístico o componente 14
Objetivo: promover la digitalización
En función de los términos que se acuerden en Conferencia Sectorial, podrán financiarse, con cargo al fondo, los proyectos que promuevan la digitalización de las empresas turísticas, como
- El desarrollo de herramientas de digitalización masiva
- La adopción de soluciones digitales que faciliten la venta
- Soluciones digitales móviles
- Aplicación del big data
- Desarrollo del comercio electrónico
- Diseño de estrategias digitales, domótica y sensorización
- Captura y análisis de datos
- Realidad virtual
- Seguridad de redes y servicios electrónicos, entre otros
También serán susceptibles de obtener financiación proyectos destinados a modernizar las empresas turísticas a partir de la construcción o renovación de infraestructuras turísticas, con atención preferente a las actuaciones enmarcadas en el ámbito de la accesibilidad, la eficiencia energética y la economía circular (gestión de residuos, energías renovables, reutilización del agua, reducción de emisiones, huella de carbono y certificaciones, aislamiento término, transporte sostenible…).
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Condiciones de los préstamos
Las condiciones financieras, es decir, tipo de interés, plazo de amortización, periodo de carencia o importe máximo, entre otras, se determinarán por orden de la persona titular del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo, previo acuerdo de la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos.
El tipo de cesión de los préstamos a las entidades financieras será el menor entre el tipo establecido en la citada orden y el tipo de interés de cesión vigente en cada momento en la línea ICO para empresas y emprendedores, para el correspondiente plazo de amortización y carencia en la modalidad de tipo fijo.
Los préstamos concedidos financiarán, como máximo, hasta el 75% del coste financiable de los proyectos, sin que se puedan superar los seis millones de euros o la cifra del neto patrimonial acreditado de la empresa en las últimas cuentas aprobada
El importe de los préstamos se destinará a cubrir los gastos que estén directamente relacionados con el desarrollo del proyecto financiado como pueden ser los gastos de personal, costes de instrumental y material inventariable o los de investigación contractual, conocimientos técnicos y patentes adquiridas u obtenidas por licencia de fuentes externas a precios de mercado.
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