La Audiencia Nacional desestima la denuncia de UGT-CCOO contra SPV y Viajes El Corte Inglés
Publicada 16/04/14
Tras el juicio celebrado el pasado 3 de este mes de abril, la Audiencia Nacional (AN) ha dictado sentencia desestimando la denuncia que UGT y CCOO realizaron contra el SPV por las condiciones de trabajo derivadas del ERTE de Viajes El Corte Inglés (VECI). La AN considera que los sindicatos demandantes no tienen suficiente representación en esa agencia de viajes.
Esta sentencia de la Audiencia Nacional se produce tras la denuncia conjunta que UGT y CCO levantaron contra Viajes El Corte Inglés y el sindicato SPV “solicitando la nulidad del acuerdo que alcanzaron y que supuso una drástica reducción salarial y de jornada de un 4,57 %”.
Los dos mencionados sindicatos, minoritarios en VECI, consideraban que ese acuerdo supone una “modificación sustancial de condiciones de trabajo contraviene lo dispuesto en el artículo 41 del Estatuto de los Trabajadores al constituirse una mesa negociadora que no representaba legalmente a todos los trabajadores/as”.
No obstante, la sentencia de la Audiencia Nacional indica que esa mesa sí ha representado legalmente a los trabajadores de VECI argumentando que “en este caso el Convenio concede al Comité un amplio elenco de cometidos (…) y se podrán constituir Comités Intercentros en aquellas empresas que cuenten con centros de trabajo en más de tres provincias”.
Y la sentencia de la Audiencia Nacional que desestima la denuncia de UGT y CCO añade que, al contrario de lo que dicen estos dos sindicatos, “en el presente caso no están legitimados para intervenir como interlocutores ante la dirección de la empresa las secciones sindicales demandantes, porque no se acredita que tenga la representación mayoritaria en los comités de empresa o entre los delegados de personal”.
El Comité tiene el 93% de representatividad
Por su parte, el SPV ha manifestado al conocer la sentencia que “la Audiencia Nacional da la razón a SPV y falla en el Comité Intercentros de VECI es el órgano adecuado para negociar modificaciones sustanciales de las condiciones laborales de los trabajadores del sector de las Agencias de Viajes”.
Y añade que “la Audiencia Nacional tumba todas las consideraciones de UGT, ya que considera que el Comité Intercentros tiene atribuidas por el Convenio Colectivo de Agencias de Viajes las competencias necesarias para este tipo de asuntos. Además, en este caso, el Comité Intercentros de VECISA ostenta la representación del 93,3% de todos los trabajadores de esta empresa”.
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