La Sociedad General de Autores y Editores (SGAE) recurrirá ante el Tribunal Constitucional la sentencia del Tribunal Supremo en la que se exime a los hoteles del pago de un canon, en calidad de derechos de autor, por la existencia de televisiones o radios en sus habitaciones. La sentencia del Supremo considera que las habitaciones de los hoteles equivalen a un domicilio privado también a efectos de propiedad intelectual, y por tanto no considera que haya comunicación pública cuando en dichas estancias se contempla la televisión o la radio (al no existir esta comunicación pública, los hoteles no tienen por qué pagar ese canon).
La Sociedad General de Autores y Editores (SGAE) recurrirá ante el Tribunal Constitucional la sentencia del Tribunal Supremo en la que se exime a los hoteles del pago de un canon, en calidad de derechos de autor, por la existencia de televisiones o radios en sus habitaciones. La sentencia del Supremo considera que las habitaciones de los hoteles equivalen a un domicilio privado también a efectos de propiedad intelectual, y por tanto no considera que haya comunicación pública cuando en dichas estancias se contempla la televisión o la radio (al no existir esta comunicación pública, los hoteles no tienen por qué pagar ese canon).
La SGAE señala en un comunicado que presentará recurso ante el Tribunal Constitucional contra la sentencia, de la cual dice haber tenido conocimiento a través de la prensa (razón por la cual anuncia que presentará una queja en el Tribunal Supremo). Según la SGAE, si finalmente se confirma que la sentencian no considera comunicación pública la recepción de radio o televisión en las habitaciones de los hoteles, esta jurisprudencia contradice otros fallos anteriores del mismo Tribunal Supremo. La sentencia, además de contradecir otras anteriores, se opone también, según la SGAE, a las medidas de protección a los creadores consagradas en el Convenio de Berna y en una reciente directiva de la Unión Europea sobre la Sociedad de la Información. En su comunicado, la SGAE cita a la directiva cuando señala que "la comunicación pública debe entenderse en un sentido amplio que incluya todo tipo de comunicación al público no presente en el lugar en el que se origina la comunicación".
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