El descuento en transporte aéreo a Canarias, Baleares, Ceuta y Melilla no se aplicará a las tasas
Publicada 14/05/13
Las bonificaciones al transporte aéreo de las que disfrutan los residentes en Canarias, Baleares, Ceuta y Melilla no serán aplicadas sobre las tasas aeroportuarias, "con independencia de que hayan sido repercutidas o no" al precio que paga el pasajero, por lo que serán descontadas de la tarifa del billete que es subvencionable; si propoeranlaas enmiendas del Partido Popular.
Entre varias enmiendas introducidas en el Congreso por el PP, el partido de gobierno se propone añadir un nuevo párrafo a la disposición que recoge las subvenciones al transporte marítimo y aéreo para residentes no peninsulares, en la Ley de Presupuestos Generales del Estado (PGE) de 2013, según Europa Press.
Según este precepto, los residentes en Canarias, Baleares, Ceuta y Melilla tienen derecho a una bonificación del 50% en sus tarifas de transporte marítimo y aéreo entre las islas y las ciudades autónomas y la península, y del 25% en los trayectos interinsulares. Además, se da potestad al titular del Ministerio de Fomento para fijar cuantías máximas bonificables por cada trayecto, una posibilidad que el Gobierno barajó en octubre pasado.
Servicios fuera de bonificación
Finalmente se descartó poner un tope a los precios de los billetes objeto de bonificación, pero ahora el Ejecutivo establece que "del importe de la tarifa bonificable se deducirá el importe correspondiente a determinadas prestaciones patrimoniales públicas" que prestan los aeropuertos, "con independencia de que hayan sido repercutidas o no al pasajero", y que deberán quedar desglosadas en la documentación de vuelo.
Según la Ley de Seguridad Aérea, se descontarán concretamente las tasas que Aena Aeropuertos cobra por los servicios de inspección y control de pasajeros y equipajes en los recintos aeroportuarios, por la utilización de las zonas terminales aeroportuarias no accesibles a los visitantes, así como las facilidades aeroportuarias complementarias.
Asimismo, no se bonificará la parte correspondiente a los servicios que permiten la movilidad general de los pasajeros y la asistencia necesaria a las pasajeros con movilidad reducida (PMR) para permitirles desplazarse desde un punto de llegada al aeropuerto hasta la aeronave, o desde ésta a un punto de salida, incluyendo el embarque y desembarque.
El PP justifica esta decisión en el hecho de que "introduce elementos adicionales de transparencia y resulta acorde con la práctica habitual existente en la actualidad".
Plan de asistencia en accidentes
En otra enmienda, el PP modifica un artículo de la Ley de Seguridad Aérea para "habilitar expresamente" al Gobierno para establecer el contenido mínimo de los planes de asistencia a las víctimas y sus familiares en caso de accidente aéreo, según las orientaciones de la Organización Internacional de Aviación Civil (OACI).
Las aerolíneas con licencia española deben disponer, desde hace un par de años, de un plan de asistencia a víctimas de accidentes, que están obligadas a ejecutar. Ahora, además, se precisa que será el Ejecutivo el que "reglamentariamente establecerá las obligaciones mínimas, incluidas aquéllas de contenido económico," que deberán constar en dicho documento.
Finalmente, se incluye como infracción administrativa muy grave la ejecución deficiente del plan de atención a víctimas de accidente, y no únicamente que no se ejecute.
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