Huelga en Ryanair: violó derechos de sus tripulantes y será sancionada
Inspección de Trabajo ha determinado que Ryanair vulneró el derecho a huelga de sus tripulantes de cabina de pasajeros, sustituyéndolos por trabajadores ajenos a sus centros de trabajo
Publicada 01/12/22Inspección de Trabajo ha determinado que Ryanair vulneró el derecho a huelga de sus tripulantes de cabina de pasajeros, sustituyendo a trabajadores que secundaron los paros por otros no vinculados a los centros de trabajo respectivos; según el informe sobre su actuación a raíz de las denuncias del sindicato USO. Asimismo, ha abierto expedientes de infracción a la low cost por los que enfrentará sanciones de entre 3.751 y 7.500 € si se consideran graves, y de 120.0006 a 225.018 € en el caso de las muy graves.
“Tras una labor minuciosa de la Inspección ante la denuncia de USO-Sector Aéreo y la Asociación de Tripulantes de Ryanair (ATR), se da la razón de nuevo a los trabajadores tras la vulneración de su derecho a huelga, lo que convertirá en nulos los casi 40 despidos de tripulantes impuestos por la compañía por secundar los paros”, señalan desde el sindicato tras recibir la comunicación oficial
Refieren que, concretamente, Inspección de Trabajo ha confirmado lo que ya denunció USO en las primeras jornadas de huelga, como la falta de información sobre los vuelos programados como servicios mínimos; el abuso de Ryanair en la designación de guardias a un número de trabajadores superior que el habitual; el refuerzo de tripulaciones con empleados traídos de otros Estados miembros de la UE y de terceros países, para operar vuelos no protegidos por los servicios mínimos.
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Asimismo, para evitar que el colectivo secundara los paros, Ryanair modificó los servicios mínimos inicialmente establecidos por el Gobierno a los tripulantes de cabina por otros distintos, sin la debida antelación, información o en tiempo de descanso, y la interpretación realizada por la compañía de la Resolución ministerial sobre servicios mínimos anuló, en distintos aeropuertos, la posibilidad de los trabajadores de secundar la huelga, al estar todos asignados a servicios mínimos.
Infracciones contra Ryanair
De esta forma, Inspección de Trabajo ha dictado las siguientes actas de infracción contra Ryanair por vulneración de derechos fundamentales:
Madrid: acta de infracción grave (art. 7.10 de la LISOS), en grado máximo, tramo superior.
Barcelona: acta de infracción muy grave tipificada (art. 8.10 de la LISOS), en grado máximo, tramo inferior.
Málaga: acta de infracción grave (art. 7.10 de la LISOS) en grado máximo, tramo superior.
Alicante: acta de infracción grave (art. 7.10 de la LISOS) en grado máximo, tramo superior.
Girona: acta de infracción grave (art. 7.10 de la LISOS) en grado máximo, tramo superior.
Baleares: acta de infracción grave (art. 7.10 de la LISOS) en grado máximo, tramo inferior.
Las cuantías de estas sanciones oscilan entre los 3.751 euros y los 7.500 en el caso de las graves, y de los 120.0006 a los 225.018 euros, en el caso de las muy graves. Quedan todavía por concluir las inspecciones realizadas en las bases de La Coruña, Sevilla y Valencia
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