El Supremo cree que Ryanair “denigró” a Rumbo con mensajes insultantes falsos
Publicada 27/05/14
El Tribunal Supremo ha confirmado que Ryanair realizó actos de "denigración" y "obstaculización" mediante mensajes insultantes falsos a Rumbo y considera que fue contrario "a la buena fe" que anunciara la cancelación de los vuelos que hubieran sido contratados a través de las agencias de viajes online.
En una sentencia, el Alto Tribunal ratificó la decisión de la Audiencia Provincial de Madrid de ordenar el cese de manifestaciones denigratorias contra Rumbo y otras agencias online, a las que profirió expresiones como "timan a los clientes", son unos "bastardos que dañan a los clientes de Ryanair y venden mas caro", son "parásitos del sector" o "venden los billetes ilegalmente".
Unas expresiones que no pueden quedar amparadas en el derecho a la libertad de expresión, pues son "mensajes insultantes, insidias infamantes o vejaciones que provocan objetivamente el descrédito" y que no constituyen una crítica de la actividad profesional de las agencias online, sino una "descalificación injuriosa e innecesaria del comportamiento profesional de las mismas".
En su sentencia, el Supremo estima así parcialmente el recurso de Ryanair contra la sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid, que le obligaba a cesar la cancelación de los billetes reservados a través de Rumbo que la compañía anunció en el verano de 2008 y subraya que ejecutó actos de competencia desleal por denigración y obstaculización a la agencia.
No obstante, señala que Rumbo no está legitimada para alegar discriminación en materia de condiciones de venta después por la negativa de Ryanair a prestar servicios a los consumidores y rechaza que se produjera competencia desleal en este sentido, pues el perjuicio lo "sufrió de forma directa" la clientela.
De esta forma, el alto tribunal ratifica la decisión de la instancia de considerar contraria a la buena fe y desleal la conducta llevada a cabo por Ryanair al anunciar la cancelación de aquellos vuelos que hubieran sido contratados a través de este tipo de agencias.
Según explica, en agosto de 2008, en plenas vacaciones de verano, Ryanair anunció en su página web, que, a partir del día 11 de ese mes, utilizaría nuevos procedimientos para cancelar todas las reservas de vuelos obtenidas por procedimientos informáticos del tipo de los empleados por Rumbo.
Para el Supremo, fue contrario a la buena fe "determinar el comportamiento económico de los consumidores, con la pública y expresa advertencia del empleo, por vías de hecho, de medidas perjudiciales para sus posiciones contractuales, ya ganadas, ante las que los mismos estarían a resguardo", concluye.
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