El auto no admite recurso

La Audiencia rechaza la petición de Ryanair para embarcar a pie en el aeropuerto de Alicante

Confirma la sentencia del juzgado de lo Mercantil número 3 de Alicante

Publicada 29/12/11
La Audiencia rechaza la petición de Ryanair para embarcar a pie en el aeropuerto de Alicante
  • Según la Audiencia, hay "dudas razonables de que exista perjuicio inmediato e irreversible"

La sección octava de la Audiencia Provincial de Alicante ha desestimado el recurso presentado por Ryanair en el que pedía como medida cautelar el mantenimiento del embarque a pie en la nueva terminal del aeropuerto de Alicante sin necesidad de emplear pasarelas.

El auto, contra el que no cabe recurso, reafirma la sentencia del juzgado de lo Mercantil número 3 de Alicante, que ya desestimó las medidas cautelares que la low cost pedía para continuar accediendo a sus aviones a pie en la nueva terminal, como publicó HOSTELTUR noticias de turismo en ‘El juez rechaza la petición de Ryanair para embarcar a pie en el aeropuerto de Alicante’. El tribunal indica que hay “dudas razonables de que exista perjuicio inmediato e irreversible a la compañía” por el uso de pasarelas, por lo que desestima el recurso de apelación.

La aerolínea recurrió la decisión del juzgado alicantino al considerar que prescindir de los fingers para reducir los costes operacionales constituye la base de su modelo de negocio y que Aena le había impuesto su utilización, a pesar de que la apertura de la base en Alicante había tenido como “condición determinante” el poder embarcar a pie.

Para la compañía este cambio es una “imposición unilateral que supone una infracción de la normativa de defensa de la competencia”, por lo que sería “procedente adoptar como medida cautelar mantener las condiciones” anteriores. Asimismo considera que Aena “ha abusado de su posición dominante al imponer un determinado servicio, cuya prestación no desea”, con una “imposición de precios abusiva”.

Utiliza fingers en otros aeropuertos

Sin embargo, la sala en su auto argumenta que la compañía opera en otros aeropuertos como Barcelona, Gran Canaria, Madrid y Málaga mediante pasarelas o jardineras, lo que demuestra que el modo de embarque “no constituye un factor esencial en la operatividad de la empresa de transportes” ni "un cambio de modelo de negocio", como defiende Aena.

Desde el punto de vista de la Audiencia, “si no está acreditada la exclusividad en la compañía en una fórmula de embarque o desembarque, ni la exención general de tasas por tales operaciones, ni la pérdida de puntualidad derivada de aquella situación, afirmar que se está produciendo un daño irreversible a la imagen y prestigio de Ryanair constituye una afirmación carente de suficientemente fundamento”, según se recoge en el auto al que ha tenido acceso Europa Press.

Para comentar, así como para ver ciertos contenidos de Hosteltur, inicia sesión o crea tu cuenta

Inicia sesión
Comentarios 0

Esta noticia no tiene comentarios.