La Audiencia de Madrid anula la causa abierta contra Blesa por el crédito a Díaz Ferrán
El tribunal ha juzgado desproporcionadas las medidas adoptadas por el juez
Publicada 20/06/13La Sección 30 de la Audiencia Provincial de Madrid ha estimado la petición de nulidad planteada por la Fiscalía contra la pieza principal del 'caso Blesa', en la que el juez de Instrucción número 9, Elpidio José Silva, mantiene imputado al expresidente de Caja Madrid, Miguel Blesa por la concesión de un crédito de 26,6 millones de euros a Díaz Ferrán, también imputado, cuando era consejero de la entidad.
El tribunal ha acordado la nulidad del procedimiento y ha advertido de las "desproporcionadas" medidas que se adoptaron durante su tramitación. De esta forma, ha retrotraído la causa al momento en el que fue sobreseída inicialmente y ha revocado las diligencias adoptadas, como es la retirada del pasaporte de Blesa.
El tribunal se reunió el pasado viernes para deliberar sobre la solicitud del Ministerio Público y sobre varios recursos presentados por la defensa de Miguel Blesa contra otras decisiones del juez Silva en el marco de este procedimiento.
El juez Silva acordó en noviembre pasado reabrir las diligencias que se incoaron después de que Manos Limpias, que ejerce la acusación popular, presentara una querella contra Blesa y Díaz Ferrán que el juez de la Audiencia Nacional Fernando Andreu rechazó acumular a la causa abierta por la fusión y salida a Bolsa de Bankia. Imputa a ambos delitos societarios y falsedad documental.
Manos Limpias acusa al que fuera presidente de Caja Madrid de conceder un crédito doloso por importe de 26,6 millones de euros a Díaz Ferrán en el que figuraba como "garantía un 'holding' empresarial que se encontraba en quiebra".
El juez Fernando Andreu rechazó la admisión a trámite de este asunto argumentado que el sindicato presentaba los hechos que serían objeto de investigación "de una forma muy genérica y sin ninguna concreción", pretendiendo la ampliación del procedimiento "a cuestiones que no le son conexas, ni objetiva ni subjetivamente".
Devuelve también el pasaporte a Díaz Ferrán
La Sección 30 de la Audiencia Provincial de Madrid ha anulado este miércoles la medida que adoptó el pasado 5 de diciembre el titular del Juzgado Central de Instrucción número 9 de Madrid Elpidió José Silva contra el expresidente de la CEOE, Gerardo Díaz Ferrán, prohibiéndole abandonar el territorio nacional y obligándole a entregar el pasaporte.
La resolución coincide con la decisión adoptada en otro auto diferente por el que este mismo tribunal declara la nulidad de la causa en la que el juez Silva investigaba la concesión de un crédito de 26,6 millones de euros que el empresario obtuvo de Caja de Madrid siendo presidente de la entidad Miguel Blesa.
De hecho, en el auto dictado sobre este asunto por los magistrados María del Pilar Oliván, Rosa María Quintana e Ignacio José Fernández Soto se señala que la nulidad de toda la causa da lugar, "sin más", a la estimación del recurso de apelación que presentó la defensa de Díaz Ferrán alegando que se vulneraba
La medida tiene un efecto limitado, puesto que Díaz Ferrán se encuentra en prisión bajo fianza de 5 millones de euros por la denominada "Operación Crucero" que investiga el juez de la Audiencia Nacional Eloy Velasco. En esta causa se investiga al expresidente de la CEOE y al también empresario Ángel de Cabo por llevar a cabo el supuesto vaciamiento patrimonial del Grupo Marsans con la intención de eludir los pagos a sus acreedores.
Medida desproporcionada
El auto critica duramente al juez Silva por la adopción de la medida porque "no existía necesidad de garantizar la sujeción al procedimiento del apelante, ni tampoco riesgo de que se sustrajera a la acción de la justicia", lo que no puede estimarse la decisión de proporcional, necesaria ni suficientemente justificada conforme al estado procesal de la causa.
La razón por la que el instructor acuerda la medida cautelar impugnada no vino dada por el riesgo de que Gerardo Díaz Ferrán se sustrajera de la acción de la justicia -explica el auto, aludiendo a que ya se encontraba en prisión por orden de la Audiencia Nacional-, sino porque la versión de descargo del apelante aparecía "'ab initio' como relativamente inverosímil", según el propio Silva.
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