Iberia: “El acuerdo de mediación se aplica a todos los colectivos de la compañía”
La aerolínea española destaca que “se reconoce que Iberia ha dejado de operar únicamente rutas no rentables”
Publicada 05/07/13Tras conocerse la decisión de la Audiencia Nacional (AN) emitida este jueves, Iberia ha destacado que el fallo “ratifica que el Acuerdo de Mediación, realizado por Gregorio Tudela, afecta a todos los empleados de la compañía, tal y como la compañía y el propio mediador entendían, por lo que son legales la reducción de plantilla y las reducciones salariales aplicadas al colectivo de pilotos”. Asimismo, a la empresa le ha favorecido especialmente que el Anexo 10 haya quedado derogado junto al convenio colectivo de los tripulantes técnicos.
En una declaración, Iberia señala que ha quedado claro que el tribunal estima que el Anexo 10 del Convenio de pilotos no está en vigor: “Se ha demostrado cumplidamente que el Anexo X del VII Convenio de pilotos está derogado, puesto que no se mantuvo expresamente en el laudo arbitral del 24 de mayo de 2012 ni en su aclaración del 12 de junio de 2012 ni en el laudo del 21 de diciembre de 2012”.
Según la sentencia, “los demandantes no han demostrado, de ningún modo, que se hayan cedido rutas rentables a Iberia Express o a British Airways (…). Se ha demostrado, por el contrario, que la empresa demandada ha dejado de operar únicamente rutas que no eran rentables”.
Iberia considera que esta sentencia ofrece luz sobre las principales discrepancias en las relaciones laborales de la compañía con los pilotos, lo cual debería suponer una gran oportunidad para continuar con las negociaciones de productividad y llegar a acuerdos que despejen el futuro de la empresa.
Antecedentes versión Iberia
La erolínea recuerda que "el pasado mes de marzo se llevó a cabo un proceso de mediación sobre el expediente de despido colectivo en Iberia, liderado por el catedrático Gregorio Tudela. En su resolución acordó una reducción salarial del 7% para los colectivos de tierra y del 14% para los de vuelo, reducción que se vería incrementada en 4 puntos porcentuales más si no se alcanzaban acuerdos de productividad en el plazo de un mes, como así sucedió".
La aerolínea apunta que, "pese a no alcanzarse dichos acuerdos, la compañía propuso a todos los colectivos seguir negociando medidas de productividad, imprescindibles para que el plan de transformación sea un éxito", en cuyo caso la reducción salarial adicional quedaría sin efecto a partir del momento en que estas medidas se aplicaran.
Refiere que el Sindicato Español de Pilotos de Líneas Aéreas (Sepla) recurrió dicha mediación ante la Audiencia Nacional, alegando que no era de aplicación para este colectivo. "La Audiencia ha dado la razón a la compañía al entender que se trata de un proceso único que, al ser aceptado por la mayoría de la representación sindical, afecta a todos los empleados".
Asimismo, el Sepla denunciaba que la compañía estaba incumpliendo el Anexo 10 del Convenio, "aspecto que ha sido rechazado por la Audiencia afirmando que dicho Anexo está derogado por el laudo arbitral".
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