Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE)

El préstamo a Austrian en la pandemia es legal y desestiman caso de Ryanair

El TJUE ha confirmado la legalidad del préstamo concedido por Austria a Austrian Airlines en el verano de 2020, en plena pandemia de Covid-19

Publicada 30/07/24
El préstamo a Austrian en la pandemia es legal y desestiman caso de Ryanair

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha confirmado la legalidad del préstamo subordinado de 150 millones de euros concedido por Austria a Austrian Airlines en el verano de 2020, en plena pandemia, y desestima definitivamente el recurso interpuesto por Ryanair y Laudamotion contra la aprobación de dicha ayuda por la Comisión Europea.

El 23 de junio de 2020, Austria notificó a la Comisión una medida de ayuda en forma de préstamo subordinado (convertible en subvención) de 150 millones de euros en favor de Austrian Airlines, aerolínea perteneciente al Grupo Lufthansa.

La medida, que tenía por objeto compensar a la aerolínea austríaca por los perjuicios derivados de la cancelación o la reprogramación de sus vuelos debido a la pandemia de Covid-19, fue aprobada por la CE a principios de julio de 2020. Ryanair y Laudamotion impugnaron esta decisión ante el Tribunal General, sin éxito, ya que la impugnación fue desestimada, mediante sentencia del 14 de julio de 2021.

Declaran legal el préstamo a Austrian y rechanzan recurso de Ryanair
El TJUE desestimo la impugnación de Ryanair del préstamo concedido a Austrian Airlines por Austria (Fuente: Autrian Airlines)

En particular, declaró que la controvertida ayuda, deducida de las subvenciones concedidas, en el mismo contexto, por Alemania al grupo Lufthansa, no constituía una compensación excesiva en favor de dicho grupo.

Ryanair y Laudamotion interpusieron a continuación recurso de casación contra la sentencia del Tribunal General ante el Tribunal de Justicia de la UE que, mediante su sentencia publicada este lunes, desestima nuevamente dicho recurso de casación, confirmando la decisión de la Comisión Europea por la que aprobó el préstamo.

El Tribunal de Justicia subraya, en particular, que un Estado miembro puede, por razones objetivas, reservar a una única empresa una ayuda destinada a reparar los perjuicios causados por un acontecimiento de carácter excepcional.

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