El registro de agencias consigue la unidad del sector en su unánime rechazo
Publicada 30/07/24 14:47h
- Las agencias piden que se amplíe el plazo para la aplicación de la normativa hasta que se apruebe la necesaria Orden Ministerial
- También se tiene que solventar los problemas técnicos que registra la plataforma habilitada para la comunicación de los datos
- Las patronales consideran que se debe excluir de la nueva normativa a los viajes corporativos, el MICE y a los grupos
Las patronales de las agencias de viajes han insistido una vez más en la necesidad de excluir a estas empresas del ámbito de aplicación del Real Decreto 933/2021. Así se lo han pedido este martes las organizaciones ACAVe, CEAV, FETAVE y UNAV al Ministerio del Interior en una reunión que han mantenido con sus representantes. La nueva normativa, que entrará en vigor a partir de octubre, obligará a las minoristas a comunicar los datos del alojamiento y del alquiler de vehículos de cada reserva, así como los métodos de pago y otros datos personales de cada cliente. Además, han advertido al departamento dirigido por Fernando Grande-Marlaska, que si no se excluye a las agencias, será necesaria la publicación de una Orden Ministerial que limite su aplicación.
La Asociación Corporativa de Agencias de Viajes Especializadas (ACAVe), la Confederación Española de Agencias de Viajes (CEAV), la Federación Empresarial de Asociaciones Territoriales de Agencias de Viajes Españolas (FETAVE) y la Unión Nacional de Agencias de Viajes (UNAV) han solicitado la ampliación del plazo para la aplicación de la nueva normativa hasta que se apruebe la citada Orden Ministerial y se solventen los problemas técnicos que sigue registrando la plataforma habilitada por el Ministerio para la comunicación de los citados datos.
Asimismo, según se recogen en un comunicado conjunto, consideran que se debe excluir de esa obligación a los viajes corporativos, el MICE (reuniones, incentivos, congreso y eventos) y a los grupos, ya que se ha demostrado de imposible cumplimiento del deber de comunicación.
Los representantes del Ministerio del Interior han rechazado una nueva ampliación del plazo de adaptación, que finaliza el día 1 de octubre, pero se han comprometido a estudiar nuevamente las alegaciones presentadas por las cuatro organizaciones.
Esta reunión se produce una semana más tarde de otro encuentro que las cuatro organizaciones mantuvieron con Rosario Sánchez, secretaria de Estado de Turismo, en la que apoyó estos argumentos y se comprometió a defenderlos ante Interior.
Un real decreto de imposible aplicación
Las cuatro patronales han incidido en que la aplicación de la nueva normativa sin la prometida Orden Ministerial dejaría en una comprometida situación a las agencias de viajes porque no disponen de los medios, ni técnicos ni de personal, para cumplir esta norma, a lo que hay que añadir las deficiencias que aún presenta la plataforma.
La mayoría de las minoristas son pymes y se verían obligadas a ampliar horarios de trabajo o contratar a profesionales exclusivamente dedicados a esta función, lo cual exige una inversión económica fuera del alcance de muchas de ellas
Desde el sector se ha insistido también en la imposibilidad de cumplir con dichos requerimientos porque las agencias no disponen de todos los datos requeridos, al tiempo que se produce una duplicidad en la información, que ya es comunicada por los proveedores.
Protección de datos de los clientes
En la reunión, las patronales han mostrado también su preocupación respecto la falta de protección hacia los datos de los clientes. Sostienen que el real decreto no cumple con el principio de minimización de datos (recogida, conservación y momento de la obligación de comunicación).
Los turoperadores europeos también han manifestado esta preocupación, como ya ha trasladado la patronal europea ECTAA, con lo que existe un riesgo de caída de ventas y que desvíen reservas a otros destinos, según se recuerda en el comunicado.
Defienden, además, que se contraviene la normativa en materia de pagos, que en el caso español está delimitada por lo previsto en el Real Decreto-ley 19/2018, de 23 de noviembre, de servicios de pago y otras medidas urgentes en materia financieros, el cual transpone la directiva PSD2.
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