Inversiones

La guerra de inversores salpica a Aena en las acciones de Londres Luton

El Reino Unido ha embargado de forma cautelar las acciones de Aena en el aeropuerto londinense

Publicada 05/08/24 07:24h
La guerra de inversores salpica a Aena en las acciones de Londres Luton

Aena señala que no le han sido comunicadas las medidas cautelares relativas al aeropuerto de Luton, dado que no es parte en el proceso judicial de reconocimiento y ejecución del laudo arbitral de la empresa energética NextEra contra el Reino de España. Este proceso se refiere a la ejecución del embargo cautelar por parte del Reino Unido del derecho de usufructo de Aena en el aeropuerto de Londres.

Aena posee el 51% de las acciones del cuarto aeropuerto de Londres, y a su vez, el Estado español, a través de Enaire controla el 51% del gestor aeroportuario español. En el medio, el embargo cautelar se refiere al 26,01% del usufructo que se ha llevado a cabo por la deuda acumulada por España con varias empresas del sector renovable. En el caso que afecta a Aena en el aeropuerto de Londres Luton se refiere al impago de una indemnización de 290 millones de euros a la norteamericana NextEra.

Aena comunicó a la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) que los representantes del Reino de España en el proceso judicial le habían comunicado que los abogados de los demandantes informaron de que se había dictado el pasado 11 de julio, sin audiencia del Reino de España y sin participación de Aena, una decisión judicial por la que se ha acordado una medida provisional.

La guerra de inversores salpica a Aena en las acciones de Londres Luton
Conflicto de inversiones en el aeropuerto con Aena como protagonista involuntaria. Fuente: Londres Luton

Aena ha apuntado que llevará a cabo, tan pronto le sea notificada la decisión, las comprobaciones pertinentes para determinar el alcance y consecuencias de esas medidas y, en todo caso, defenderá los intereses de Aena, sus filiales y sus accionistas del modo que jurídicamente proceda.

Según el mismo comunicado, las medidas provisionales acordadas ("interim charging orders") sobre el "beneficial interest" -lo que se podría traducir como usufructo- que los abogados de los demandantes atribuyen al Reino de España sobre el 26,01 % en las acciones de la sociedad London Luton Airport Holdings III Limited y sus filiales y en relación con los terrenos en los que una de las filiales aparece como titular registral y que incluyen varias propiedades que forman el Aeropuerto de Londres Luton.

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