Las primeras pruebas comenzarán el 2 de enero

¿Qué dice el proyecto para regular el alquiler de corta duración?

Publicada 16/10/24 14:25h
¿Qué dice el proyecto para regular el alquiler de corta duración?

El gobierno lanzó la audiencia pública sobre el Real Decreto que crea la Ventanilla Única Digital de Arrendamiento y regula la recogida y el intercambio de datos relativos al alquiler de corta duración, con el objetivo de perseguir el fraude y poner coto a los alojamientos turísticos ilegales. A continuación, los detalles del proyecto, que ya ha recibido más de 100 aportaciones ciudadanas y que podría comenzar a funcionar en pruebas a partir del 2 de enero de 2025.

El Real Decreto define qué es un alquiler de corta duración, sus diferentes fórmulas y las personas físicas o jurídicas que intervienen en estas operaciones, además de las plataformas donde operan. A su vez, establece una serie de obligaciones y regulaciones en materia de información.

¿Qué es el alquiler de corta duración?

Para comenzar, es importante dejar en claro que el Real Decreto entiende por servicio de alquiler de corta duración, al arrendamiento por un período breve de una o varias unidades, con finalidad turística o no, a cambio de una remuneración, ya sea con carácter profesional o no profesional, de forma regular o temporal.

En ese sentido, alcanza a alquileres turísticos, de temporada, de habitaciones o de otras propiedades que permitan el alojamiento de corta duración. Puede recaer sobre la totalidad de una finca urbana o parte de ella, y también comprende el alojamiento en buques, embarcaciones o artefactos navales, siempre que aquel no esté vinculado a un servicio que posibilite o determine la navegación.

Ámbito de aplicación

El artículo 3 del Real Decreto detalla que, de acuerdo con el Reglamento (UE) 2024/1028 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de abril de 2024, alcanza a los servicios prestados por las plataformas en línea a anfitriones que prestan servicios de alquiler de alojamientos de corta duración en España, independientemente del lugar de establecimiento de dichas plataformas, como así también los servicios de alquiler que prestan los anfitriones.

El ámbito geográfico de aplicación de esta norma será España.

¿En qué consiste la Ventanilla Única Digital?

Para dar cumplimiento a las obligaciones prescritas en el Reglamento (UE) 2024/1028 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de abril de 2024, se crea la Ventanilla Única Digital de Arrendamientos, como pasarela digital única nacional para la transmisión electrónica de datos entre las plataformas en línea de alquiler de corta duración y las autoridades competentes.

Además, se utilizará para informar sobre los diferentes usos, regulación y destinos de las unidades dedicadas a alquiler de corta duración en todo el territorio nacional.

¿Qué dice el proyecto para regular el alquiler de corta duración?
Para poder alquilar, los arrendadores deberán contar con un número de registro. Fuente: AdobeStock.

Obligaciones de las personas arrendadoras y plataformas online

Para poder ofrecer el servicio en plataformas online, las personas arrendadoras están obligadas a contar con un número de registro. Al mismo tiempo, deberán aportar la información requerida para su alta o renovación, atender los requerimientos de información de las autoridades competentes y comunicar a las plataformas dicho número.

Por su parte, las plataformas están obligadas a que en sus aplicaciones los arrendadores identifiquen mediante este número sus viviendas y que sea visible en los anuncios

También deberán realizar comprobaciones aleatorias y periódicas de las declaraciones de las personas arrendadoras a través de la consulta con la Ventanilla Única Digital de Arrendamientos. Y recoger y transmitirle a la misma, mensualmente, los datos de actividad por unidad, junto con el número de registro facilitado por las personas arrendadoras, la dirección específica de la unidad y las URL de los anuncios publicados en sus plataformas.

Solicitud del número de registro

El arrendador deberá contar con un número de registro, que se solicitará en la sede del Colegio de Registradores o Registro de la Propiedad o Bienes inmuebles. La solicitud deberá contener la dirección específica de la finca, habitación o embarcación; deberá detallar si se alquila en su totalidad o una parte y el número máximo de arrendatarios que se pueden alojar. Si la unidad está sujeta a algún régimen de autorización o inscripción previa administrativa, necesitará contar con un documento que lo acredite.

El número de registro tendrá una vigencia de 12 meses, pudiendo ser prorrogada en caso de constitución de uno o varios arrendamientos sobre la unidad durante ese período, siempre y cuando sean de la misma categoría y tipo por el que se solicitó el registro.

No se podrán comercializar estos alquileres sin el referido número de registro vigente, ni con un número de registro asociado a una categoría y tipo diferente de arrendamiento

En el caso de que se retire o suspensa el número de registro por el registrador, la Ventanilla Única Digital trasladará orden a las plataformas para que eliminen posibles anuncios asociados a ese número.


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