La nueva ley financiera incluye medidas para las pymes
La normativa aprobada ayer regula también los instrumentos no bancarios como el crowdfunding
Publicada 04/10/14El Consejo de Ministros aprobó ayer el Proyecto de Ley de Fomento de la Financiación Empresarial con el objetivo de mejorar los canales de financiación de las empresas y en especial de las pymes. Entre otras medidas, la nueva normativa contempla que las entidades de crédito deberán ofrecer preavisos de al menos tres meses a las pequeñas y medianas compañías cuya financiación vaya a ser cancelada o reducida en un 35% o más.
Las pymes que se vean afectadas por una reducción o cancelación de su financiación deberán recibir por parte de las entidades un preaviso de tres meses. Además, podrán solicitar a la banca informes sobre su situación, historial de pagos, extracto y su calificación crediticia de conformidad con la metodología específica para pymes que desarrollará el Banco de España, para que así puedan irse a otra entidad de crédito, según explicó ayer el ministro de Economía, Luis de Guindos.
Dichas solicitudes deberán ser atendidas en el plazo de diez días hábiles y de forma gratuita. Además, podrán requerir estos datos en cualquier otro momento y de forma incondicionada, petición que deberá atenderse en el plazo de 15 días y a un coste reducido, añade la norma.
Crowfunding
Por otro lado, la nueva ley incluye también la regulación de instrumentos no bancarios como el denominado crowdfunding, pero no el relacionado con el mecenazgo o la compraventa. Regula exclusivamente las operaciones de financiación participativa que busquen un rendimiento dinerario derivado de la financiación empresarial o de consumo.
Según afirmó De Guindos, "es importante diversificar las fuentes de financiación" de las empresas, y esto es en "última instancia lo que se intenta con esta ley", añadió.
Se distingue entre inversores acreditados o cualificados y los no acreditados. Los primeros podrán invertir sin límite y son institucionales o empresas que superen un millón de euros de activos, dos millones de euros de cifra de negocio, o 300.000 de recursos propios y las personas físicas o jurídicas cuyos niveles de renta superen los 50.000 euros al año o tengan un patrimonio superior a 100.000 euros.
Los inversores particulares y no cualificados podrán invertir sólo 3.000 euros anuales en cada proyecto y un máximo de 10.000 euros al año.
Las plataformas de crowdfunding no podrán captar más de dos millones de euros por cada proyecto y tendrán que contar con un capital social inicial de 60.000 euros.
Desde el Ministerio de Economía sostienen que con esta norma "se trata de hacer más flexible el acceso al crédito, tanto bancario como el que circula por vías alternativas y canalizar el ahorro hacia la inversión mediante instrumentos más ágiles".
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