Ryanair indemniza con 479,4 euros a un pasajero para evitar un juicio
Publicada 04/05/12
Ryanair ha indemnizado con 479,4 euros a un pasajero al que no permitió embarcar en un vuelo sin el Documento Nacional de Identidad (DNI) que le habían robado. Previamente se negóa cumplir la sanción de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA).
La low cost irlandesa accedió a esta indemnización para evitar ir a juicio, según el acuerdo firmado por las partes. Tras el acuerdo extrajudicial, el pasajero retiró la demanda presentada contra la aerolínea irlandesa, que estaba tramitando el Juzgado de Primera Instancia número 4 de Granollers.
El 6 de abril de 2011, el pasajero afectado iba a tomar el vuelo Barcelona-Valladolid, aunque su destino final era Palencia, cuando se percató de que le habían sustraído la cartera con el DNI. De inmediaro, acudió a la comisaría de la Policía Nacional del aeropuerto catalán. Al tratar de embarcar, el personal de Ryanair no le permitió subir al avión a pesar de presentar una fotocopia del DNI, la denuncia y el carné de conducir, por lo que se vio obligado a trasladarse hasta Palencia en coche.
El Plan Nacional de Seguridad Aérea permite a los pasajeros volar sin DNI cuando cuentan con la correspondiente denuncia policial por robo. Por ello, la Agencia Estatal de Seguridad Aérea condenó a Ryanair a pagar 250 euros más el reembolso del coste del billete al pasajero por denegación de embarque "injustificada". La compañía no respondió a esta condena, por lo que el afectado recurrió a los tribunales.
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