Indemnización de 5.000 euros

La Justicia francesa condena a easyJet por negar el embarque a una pasajera discapacitada

Publicada 07/05/12
La Justicia francesa condena a easyJet por negar el embarque a una pasajera discapacitada

El Tribunal Correccional de París ha condenado a easyJet a indemnizar con 5.000 euros a una pasajera discapacitada a la que negó el embarque a un avión por ir sin acompañante. Es la segunda vez que la justicia francesa condena a la low cost británica por este mismo motivo.

Así lo ha informado la Asociación de Paralíticos de Francia (APF), cuyos portavoces destacan que el reglamento europeo prohíbe a las compañías aéreas y a los operadores turísticos rechazar una reserva o un embarque en los vuelos que despeguen de aeropuertos de la Unión Europea (UE) por movilidad reducida.

Ésta es la segunda condena que imponen en Francia a la low cost británica por el mismo motivo. El pasado mes de enero otro tribunal francés, de Bobigny, condenó a easyJet a pagar un total de 70.000 euros a tres pasajeros con discapacidad por negarles el embarque alegando motivos de seguridad.

En esta oportunidad, el hecho ocurrió el pasado 21 de marzo de 2010, cuando la pasajera se disponía a viajar sola de París a Niza, tras haber realizado la facturación del vuelo sin problemas y haber realizado el día anterior la misma ruta.

Una vez en la cabina del avión, un miembro de la tripulación le indicó que no podía viajar sola porque para ir al cuarto de baño era obligatorio que fuera acompañada. A pesar de que varios pasajeros se ofrecieron ayudarla en caso de necesidad, el jefe de cabina rechazó los ofrecimientos porque no estaban registrados como acompañantes. La afectada se vio obligada a bajar del avión y coger otro vuelo con un pasajero que se registró como acompañante.

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