Multa de 3.000 euros a Vueling por cobro "abusivo" en la facturación de maletas
Publicada 17/11/14
El Juzgado de lo Contencioso-administrativo nº1 de Ourense ha confirmado en una sentencia contra la que no cabe recurso una sanción de 3.000 euros impuesta por la delegación ourensana del Instituto Galego de Consumo a la compañía Vueling por cobro "abusivo" en la facturación de maletas.
El fallo indica que, en virtud de una reciente sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, se le reconoce a las compañías aéreas en España "la posibilidad de cobrarle al pasajero un suplemento sobre el precio básico del billete por la facturación de una única maleta", como informó HOSTELTUR noticias de turismo en La justicia europea avala que las aerolíneas cobren recargo por equipaje facturado.
Sin embargo, el magistrado considera que Vueling "realizó una práctica abusiva, contraria de los derechos de los consumidores y usuarios" con sus tarifas.
Según se explica en la sentencia, la web de Vueling en la que se realizó la reserva, pago y expedición de los pasajes no anunciaba de antemano que se cobrase suplemento alguno por facturar una única maleta.
"Ello provocó que la parte débil del contrato, el consumidor del transporte aéreo, se viese obligada a asumir el recargo, pagando un sobrecoste no anunciado previamente en la web de la compañía aérea", recoge el fallo.
El juez recuerda asimismo que a día de hoy Vueling Airlines "incluye en su página web, en el proceso de compra de billetes de avión, desde un principio información sobre el suplemento correspondiente a la facturación de equipaje", una práctica que es "de reciente implantación" y que "no se realizaba en la fecha en la que se cometió la infracción", en 2010.
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