Los retos de la regulación del P2P
La economía sumergida representa el 22% del sector turístico español
Publicada 15/12/14El regulador del P2P tiene ante sí dos grandes retos: establecer hasta dónde llega la responsabilidad de cada plataforma de intercambio de servicios, porque no todas son iguales y la actividad de algunas puede asimilarse a la de las OTA; y cómo ejercer la regulación en sí, que ha de ser necesaria, justificada, proporcional, precisa, flexible, neutral y valiente, ofreciendo garantías a los consumidores y garantizando la seguridad y la fiscalidad del sector. Es una de las principales conclusiones de la jornada organizada por Tourism&Law sobre "El derecho de la competencia frente a la economía colaborativa", según publicó HOSTELTUR noticias de turismo.
Todos los participantes coincidieron en esos dos puntos de partida, además de hacer un llamamiento al unísono para que la regulación sea de ámbito europeo y no autonómico. Las diferencias aparecen a la hora de establecer su denominación (¿consumo colaborativo? ¿Economía colaborativa? ¿Transacciones entre iguales?) y de analizar la responsabilidad de las plataformas, ya que si actúan como meros intermediarios entre prestadores y usuarios, sin intervenir, se encuentran sujetas a la Ley 34/2002 de Servicio de la Sociedad de la Información y de Comercio Electrónico, que transpone la Directiva 2000/31/CE.
En ella no se detalla, como explicó Oriol Armengol, socio de Pérez-Llorca, “un régimen jurídico específico de responsabilidad para los prestadores de servicios de la sociedad de la información, sólo la responsabilidad civil, penal y administrativa establecida con carácter general en el ordenamiento jurídico; aclarando que no son responsables de los contenidos que alojan, con la única obligación de eliminar los ilícitos desde el momento en que conozcan su existencia, sin que estén obligados a supervisar previamente dichos contenidos”.
Sin embargo esta exención de responsabilidad se aplica, como destacaron desde el público asistente, en los casos en los que no exista un marco contractual por el que la plataforma pase de ser un mero intermediario a un supervisor de los servicios que se prestan a través de ella para inspirar mayor confianza a los usuarios, de manera que no pueda ser completamente ajena a la actividad que intermedia. Y es que, como apuntó Ricardo Fernández, abogado de Tourism&Law, “esa falta de responsabilidad les otorga una importante ventaja competitiva frente al sector regulado”, aunque en ambos casos han de cumplir con la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios.
¿Exceso de regulación?
El legislador, por tanto, no lo tiene fácil por la disparidad de modelos existentes. Deberá buscar así, en palabras de Armengol, “la manera en que ambos modelos convivan pacíficamente, porque la economía colaborativa sólo acaba de empezar y ha llegado para quedarse. Una solución puede ser no regularla de manera intensa y a cambio desregular los sectores tradicionales para así flexibilizarlos y que puedan competir en igualdad de condiciones”.
No obstante la desregulación, como reconoció Fernández, “es muy complicada porque en muchos casos es normativa europea”, por lo que propone “dar incentivos para premiar de alguna manera al que tiene que cumplir con esa exhaustiva legislación”; o “mecanismos de compensación”, según afirma Xavier Puig, técnico de la Dirección General de la Autoridad Catalana de Competencia.
Lo que preocupa a las nuevas plataformas, como ha señalado Eliseo Martínez, abogado de la Federación Española de Asociaciones de Viviendas y Apartamentos Turísticos (Fevitur), es que “el exceso de regulación suponga, eso sí, un problema de competencia al crear requisitos de apariencia legítima pero de imposible cumplimiento que impliquen una prohibición de hecho”, como así está ocurriendo con la normativa aprobada en la Comunidad de Madrid, donde las viviendas turísticas han de cumplir una estancia mínima de cinco días.
Para el secretario general de CEHAT (Confederación Española de Hoteles y Alojamientos Turísticos), Ramón Estalella, “todo se reduce a que tengamos claro qué modelo turístico queremos tener, porque lo que no puede ser es que la economía sumergida represente hoy por hoy el 22% del sector. Es una toma de decisión como país y como sociedad, porque no nos olvidemos de que el turismo es el petróleo de España, por lo que no nos lo podemos tomar a la ligera”.
Pero Joseba Cortázar, responsable de Relaciones Públicas de HomeAway, ha advertido de que “si imponemos tantas restricciones a las plataformas que están presentes en España, estaremos facilitando que lleguen de otros países y, de manera más oscura, sigan gestionando esas viviendas que la legislación prohíbe a las empresas españolas, de manera que será más difícil detectar su actividad”.
¿Regulación homogénea?
A pesar de que las peticiones de los expertos participantes en las jornadas coincidían en reclamar una regulación europea, aunque con adaptación local, lo cierto es que esa labor le corresponde a cada comunidad por las competencias transferidas. Y como admitió la directora general de Turismo de La Rioja, Mónica Figuerola, “es muy difícil alcanzar una regulación homogénea en todas las comunidades autónomas por los distintos modelos de negocio existentes en cada destino, por lo que estamos trabajando en tener como base unos mínimos europeos pero adaptados a cada comunidad y a cada sector para ser más precisos”.
En esta labor, como subrayó Figuerola, “la Secretaría de Estado de Turismo está ejerciendo una labor impecable de coordinación e interlocución interministerial y con otras instituciones implicadas, con el fin de lograr unos consensos de mínimos en la regulación para que los decretos de cada región sean lo más eficientes posibles”. Sin embargo, como señalaban desde el público, “17 regulaciones de internet es inviable y ése es el debate que hemos de asumir”.
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