El nuevo Régimen Económico y Fiscal de Canarias, convalidado en el Congreso
Las empresas podrán acceder a más incentivos fiscales y económicos
Publicada 21/01/15El Pleno del Congreso de los Diputados ha convalidado este martes, en una sesión extraordinaria, el decreto ley que regula el régimen económico y fiscal (REF) de Canarias, vigente desde el pasado 1 de enero y hasta el año 2020.
Tras la revisión del régimen, las empresas que se instalen en el Archipiélago podrán acceder a nuevos incentivos fiscales y económicos, cuyo coste anual se elevará hasta unos 511 millones de euros, según la memoria de impacto que acompaña el decreto ley.
No obstante, el Gobierno confía en que la "incipiente recuperación" y "las mejoras introducidas por el REF estimularán el crecimiento económico de las islas, al tiempo que coadyudarán a la creación de empleo y a la potenciación de las exportaciones", por lo que la pérdida recaudatoria "quedará paliada a medio plazo" por una mayor actividad y más empleo.
Principales cambios
Entre los principales cambios destaca que se podrá destinar hasta el 50% de la Reserva de Inversiones en Canarias (RIC) al incremento de la plantilla media total en doce meses y su mantenimiento durante un determinado tiempo, y también podrá considerarse como materialización del RIC hasta 36.000 euros de coste medio anual por trabajador.
Además, podrá usarse para este fin cualquier tipo de instrumentos financieros y se suprimen las limitaciones a la suscripción de acciones o participaciones emitidas por entidades de la Zona Especial de Canarias (ZEC).
Para "facilitar y promover la utilización del Archipiélago como plataforma privilegiada" para las inversiones en África Occidental se crea una nueva deducción del 15% de la inversión para la constitución de filiales o establecimientos permanentes en Marruecos, Mauritania, Senegal, Gambia, Guinea Bissau y Cabo Verde que funcionen en el plazo de un año, que supongan un incremento de la plantilla media en la sede de Canarias durante al menos tres años, y que se mantengan durante ese tiempo.
También se aplicará una deducción del 15% sobre los gastos de propaganda y publicidad de proyección plurianual para lanzamiento de productos, de apertura y prospección de mercados extranjeros y de concurrencia a ferias y exposiciones, en los que incurran empresas de hasta 10 millones de cifra de negocio y menos de 50 trabajadores. Cuando la empresa no exceda de 50 millones y su plantilla media no llegue a los 250 empleados la deducción será del 10%.
Otras deducciones
Las inversiones en activos fijos en Canarias también se beneficiarán de una ampliación de diez años, hasta los 15 ejercicios, del plazo en el que es posible aplicar deducciones pendientes del Impuesto de Sociedades por insuficiencia de cuota.
Por otra parte, se eleva del 32% al 45% la deducción por actividades de innovación tecnológica que se realicen en Canarias; y se elevan de los 3 millones que se aplican con carácter general a 5,4 millones de euros los importes absolutos de las deducciones por inversión en producciones españolas de largometrajes cinematográficos y de series audiovisuales de ficción, animación y documental.
En cuanto a los gastos deducibles realizados en territorio español por producciones cinematográficas o audiovisuales extranjeras no podrán exceder de 4,5 millones (frente a los 2,5 millones del resto del país).
Por su parte, el importe de la deducción por gastos realizados en la producción y exhibición de espectáculos en vivo de artes escénicas no podrá superar los 900.000 euros, casi el doble de los 500.000 euros de carácter general.
Zona Especial de Canarias
Con respecto a la ZEC, se extiende su ámbito de aplicación a todo el Archipiélago y se amplía hasta finales de 2020 la posibilidad de inscribirse y hasta 2026 la vigencia de sus beneficios para quienes ya están registrados. Además, se incrementa un 3,66% hasta los 850 euros la tasa de inscripción mientras que la tasa de permanencia llegará a 1.500 euros (+22,45%) en Gran Canaria y Tenerife y de 1.300 euros (+6,12%) en el resto de islas.
Asimismo, se aumentan los límites máximos de la base imponible sobre la que se aplica el tipo reducido del 4% en el Impuesto de Sociedades, de modo que será de 1,8 millones si se crean al menos cinco trabajadores en empresas de Tenerife o Gran Canaria o tres en el resto de islas, y de 500.000 euros más por cada empleo adicional hasta 50 puestos de trabajo. En caso de superar esa cifra no se aplicará el límite.
También se revisa el listado de actividades económicas permitidas, incrementándolo "sustancialmente" con las industrias textil, madera y corcho salvo muebles, caucho, plástico, productos metálicos, embarcaciones de recreo y deporte, reparación e instalación de maquinaria y equipo, determinados servicios de educación, centros de alto rendimiento deportivo, parques de atracciones y temáticos y actividades de mantenimiento físico, entre otras.
En cualquier caso, el ahorro fiscal obtenido por todos estos beneficios tributarios no podrá ser superior al 17,5% del importe neto de la cifra de negocios si la empresa es del sector industrial o del 10% si es de otro sector, para no conculcar las normas comunitarias de ayudas de Estado. Sólo el tabaco podría quedar al margen de este límite, previa autorización europea. Además, no podrá disfrutarse ningún beneficio fiscal si no se han devuelto ayudas calificadas de ilegales.
Ver también Canarias, paraíso para startups.
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