En vigor nueva normativa de protección social de pilotos y TCP
Publicada 29/06/12
Este jueves ha entrado en vigor la nueva normativa comunitaria sobre Seguridad Social, promulgada por la Comisión Europea (CE), que refuerza la protección social de los pilotos y los tripulantes de cabina de pasajeros, al especificar que deben que contribuir en los países donde tienen su base y no en el país donde esté radicada la aerolínea para la que trabajen.
El objetivo del nuevo reglamento es poner fin a las prácticas especialmente de algunas compañías low cost que, aprovechando una serie de lagunas en la legislación europea, han registrado a sus tripulaciones en la Seguridad Social de países con menos beneficios y en los que estaba presente la empresa, cuando el país sede de la base operativa de su personal le era menos beneficioso a la compañía.
Ahora, la nueva normativa especifica claramente que el país base de las tripulaciones aéreas será “el lugar asignado por el operador a cada tripulante, en el cual habitualmente éste comienza y termina uno o varios períodos de actividad y en el que, en condiciones normales, el operador no se responsabiliza del alojamiento del tripulante".
La anterior normativa, aún en vigor
Los pilotos y el personal de cabina aérea que quiera acogerse a las nuevas normas comunitarias deberá solicitarlo. De lo contrario, seguirán estando sujetos a la normativa anterior, que podrá seguir en vigor durante un máximo de 10 años.
El comisario de Empleo y Asuntos Sociales, Lászlo Andór, ha defendido que las nuevas normas comunitarias "clarifican y mejoran la protección social" tanto de pilotos y tripulación como para los autónomos en situación transfronteriza.
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