El Tribunal Supremo avala el despido de 35 pilotos y TCP de Binter Canarias
Publicada 02/03/15
El Tribunal Supremo ha desestimado el recurso de casación presentado en forma conjunta por el el Sindicato Español de Pilotos de Líneas Aéreas (Sepla) y el Sindicato de Tripulantes de Vuelo de Líneas Aéreas (Stavla) y avala el despido realizado a 35 trabajadores, entre pilotos y tripulantes de cabina.
Ambos sindicatos habían demandado a la aerolínea canaria por considerar que el expediente de regulación de empleo (ERE) que presentó para el despido d elos 35 empleados “no reúnía las causas económicas necesarias exigidas por ley, dado que la situación económica del Grupo Binter es solvente y no justifica un despido colectivo como el que se plantea” (ver: Binter Canarias es solvente y no se justifica un ERE, reitera el Sepla).
La sentencia de la Sala de lo Social, del pasado 29 de diciembre, mantiene el fallo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) de septiembre de 2013 y descarta la nulidad de los despidos, al tiempo que reconoce que no ha habido dolo, abuso de derecho o fraude ley, lo mismo que el levantamiento de velo.
Ambos sindicatos reclamaban la nulidad de un acuerdo que fue votado por la mayoría de los trabajadores con indemnizaciones de 20 días por año con tope de 12 mensualidades para salarios superiores a 40.000 euros anuales y 45 días, sin límite, para los inferiores.
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