El Tribunal de Justicia de la UE ha condenado a Grecia por "no haber adoptado las medidas necesarias para conseguir la devolución de las ayudas", por valor de más de 40 millones de euros, concedidas ilegalmente a la compañía aérea Olympic Airways. Los jueces europeos consideran que Grecia "ha incumplido las obligaciones que le incumben al no haber adoptado en el plazo necesario todas las medidas para conseguir la devolución de las ayudas consideradas ilegales e incompatibles con el mercado común".
El Tribunal de Justicia de la UE ha condenado a Grecia por "no haber adoptado las medidas necesarias para conseguir la devolución de las ayudas", por valor de más de 40 millones de euros, concedidas ilegalmente a la compañía aérea Olympic Airways. Los jueces europeos consideran que Grecia "ha incumplido las obligaciones que le incumben al no haber adoptado en el plazo necesario todas las medidas para conseguir la devolución de las ayudas consideradas ilegales e incompatibles con el mercado común".
CAUSAS. En 1998, Bruselas aprobó diversas ayudas del estado griego en relación con la reestructuración de la empresa Olympic Airways para el periodo comprendido entre 1998 y 2002. Sin embargo, en 2002 la Comisión inició un procedimiento por incumplimiento al entender que Grecia no había aplicado el plan de reestructuración y había incumplido algunas de las condiciones previstas en la decisión de aprobación de las ayudas.
Posteriormente, el Ejecutivo comunitario tuvo constancia de la concesión de nuevas ayudas del Estado griego a esta compañía, y en particular de que Grecia "había tolerado el impago o la prórroga de los plazos de pago y del IVA que grava los combustibles y recambios de los aviones". Por ello, Bruselas impuso a Grecia la obligación de "recuperar sin dilación y con intereses el segundo tramo de ayuda a la reestructuración, es decir, 41 millones de euros, así como las nuevas ayudas operativas, que se habían concedido de manera ilegal".
Insatisfecha con las explicaciones de las autoridades griegas a raíz del procedimiento comunitario de infracción iniciado, la Comisión interpuso un recurso. Según los jueces europeos, las iniciativas llevadas a cabo "fueron tardías, incompletas o carentes de fuerza vinculante" al no conseguir la recuperación efectiva de las cantidades debidas a Olympic Airways.
CONSECUENCIAS. El Tribunal declara fundado el recurso de la Comisión y considera que Grecia ha incumplido sus obligaciones, "al no haber adoptado en el plazo establecido todas las medidas necesarias para conseguir la devolución de las ayudas consideradas ilegales e incompatibles con el mercado común, a excepción de las referidas a las cotizaciones al organismo nacional de la seguridad social".
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