Hoy se celebra en Madrid, en el Juzgado de lo Mercantil número 7, el juicio contra las aerolíneas Iberia, Spanair y Air Europa, demandadas por la Federación de Consumidores en Acción (FACUA) por cobrar cargos de emisión adicionales considerados ilegales, incrementando los precios de los billetes aéreos, tal como había adelantado la revista HOSTELTUR en su edición de octubre.
Por FACUA asistirán la responsable jurídica y miembro de su directiva Olga Ruiz Legido y la abogada Mariló Molina Álvarez, miembro del equipo jurídico de la Federación.
FACUA presentó esta demanda el pasado mes de mayo contra las tres principales compañías aéreas que operan en España: Iberia, Spanair y Air Europa, argumentando que cobrar cargos adicionales por emisión y atención al público contravienen la legislación vigente en materia de protección de los consumidores y navegación aérea.
Tras fallidas gestiones ante el Instituto Nacional de Consumo (INC) del Ministerio de Sanidad, el cual aún no ha respondido sus reiteradas denuncias desde mayo de 2004 y la queja por la falta de diligencia y atención del INC ante el Defensor del Pueblo, organismo que abrió una investigación sobre la materia, la Federación solicitó a los tribunales la declaratoria de nulidad por abusiva de la cláusula general que establece el cargo adicional por emisión de billetes y que las compañías demandadas la eliminen de sus condiciones generales.
"Estas aerolíneas ingresan cientos de millones de euros cada año por estos cargos, que oscilan entre 12 y 96 euros, según el destino del vuelo, la clase elegida, el tipo de billete (papel o electrónico) y la forma de compra (telefónica, en oficinas o por internet)". En el caso de Iberia y Spanair llegan a aplicar un segundo recargo, de 15 euros, si el usuario solicita un billete en papel en lugar de su versión electrónica.
La organización de defensa de los consumidores destaca que en algunos casos el recargo por emisión llega a superar el precio del billete ofertado en publicidad. Tomando en cuenta que en 2005 Iberia transportó 27,7 millones de pasajeros (32,4 millones junto a Iberia Regional/Air Nostrum), FACUA advierte que los cargos por emisión durante ese periodo pudieron haber superado de forma considerable sus beneficios netos, 395,8 millones de euros, y representaron una cifra por encima del 10% de sus ingresos de explotación, que alcanzaron los 4.929,12 millones.
FACUA señala que el recargo por emisión es un elemento accesorio de la tarifa aérea, sometido a la legislación en materia de protección de los consumidores. En este sentido, la Ley 26/1984 General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios (Lgdcu) de 19 de julio, establece en su disposición adicional primera que es una cláusula abusiva "la imposición al consumidor de los gastos de documentación y tramitación que por Ley imperativa correspondan al profesional". En este sentido, tres normativas establecen que la emisión del billete es una obligación inexcusable del transportista: la Ley de Navegación Aérea y los convenios de Varsovia y Montreal, normas a cuyo sometimiento aluden las propias compañías en sus condiciones generales de contratación.
A este juicio, se ha adelantado un precedente en Málaga, donde hace un mes y medio un tribunal declaraba nulos, por primera vez en España y el resto de Europa, los cargos de emisión y gestión de billetes de Spanair por ser ilegales y contrarios a las leyes, ante una demanda formulada por un pasajero en forma particular, sentencia que fue recurrida por la compañía aérea. Aún está por salir la decisión del tribunal superior.
Diana Ramón (transportes@hosteltur.com)
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