El Ministerio argentino de Turismo ha elaborado una resolución encaminada a facilitar y dar mayor celeridad al trámite de inscripción de las agencias de viajes de turismo receptivo, informaron ayer fuentes del Ministerio.
"La nueva Ley Nacional de Turismo, puesta en marcha durante esta gestión, destaca la importancia del turismo receptivo como actividad de exportación no tradicional de alto impacto en la generación de divisas, en la que el sector privado resulta un aliado estratégico del Estado, y seguimos avanzando para consolidarlo", afirmó el ministro de Turismo, Enrique Meyer, al dar a conocer la Resolución 858/2007, impulsada por su departamento, mediante la cual se modifican ciertas pautas hasta hoy vigentes para la inscripción de agentes de viajes de turismo receptivo. Entre las principales, se encuentra la extensión del período de inscripción. "Si antes estaba limitado a un mes en particular, ahora podrá inscribirse en cualquier momento del año", comentó el ministro.
La nueva resolución también establece que serán incluidas en el Registro Receptivo aquellas agencias que, al momento de la inscripción, acrediten haber iniciado el proceso de certificación bajo normas ISO 9001 o 14000, mediante la participación en el Plan Evolutivo para la Distinción IRAM ? SECTUR - AAAVYT o a través de un organismo de certificación acreditado, o haber cumplido con las tutorías requeridas por la Fundación Premio Nacional de la Calidad.
En tal sentido, la resolución establece que las agencias tendrán dos años, contados a partir de su fecha de inscripción, para presentar una constancia de la certificación de su sistema de Gestión de Calidad y/o Ambiental.
Además, a estas agencias se les exigirá también contar con, al menos, dos empleados que tengan conocimiento del inglés y con una página web registrada en la Argentina destinada a la promoción de sus servicios turísticos y destinos en el país.
HOSTELTUR (latinoamerica@hosteltur.com)
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