Una sentencia dictada en EE UU crea un precedente para que el tribunal que estudie las posibles denuncias contra hoteles españoles por parte de clientes estadounidenses y canadienses en casos de daños a terceros, sea el del país donde esté ubicado el establecimiento y no un tribunal del lugar de procedencia del turista.
Esta resolución puede afectar favorablemente a los empresarios españoles que cuentan con hoteles en Latinoamérica y El Caribe y que, en algunas ocasiones, se han visto involucrados en demandas de abogados estadounidenses o canadienses en las que se solicitan indemnizaciones millonarias. Con la reciente sentencia de un juez estadounidense, se crea un precedente importante en cuanto a qué tribunal debe ver las reclamaciones por responsabilidad civil presentadas contra cadenas hoteleras operando en el extranjero.
La sentencia a la que se alude, que fue dictada hace dos meses aunque se llevaba cinco años pleiteando, corresponde al llamado "caso Gianocostas". En este asunto una cadena hotelera española y un turoperador fueron demandados por negligencia médica ante la corte de Massachussets (EE UU) debido al fallecimiento de una turista afectada de diabetes que se había hospedado en un hotel de esa cadena, ubicado en la República Dominicana. Aunque la muerte se produjo en un hospital de Miami, los padres de la fallecida demandaron al hotel y al turoperador por negligencia médica, al considerar que no habían actuado adecuadamente en los días previos al traslado de la joven a EE UU. El juez determinó que la jurisdicción competente para conocer el caso y pronunciarse sobre las correspondientes reclamaciones de los demandantes era la de la República Dominicana, lugar en el que ocurrieron los hechos denunciados, y no la de EE UU, como solicitaba la parte demandante.
Esta sentencia ha sido fruto del trabajo del despacho mallorquín Mon-Lex, dirigido por José Antonio Fernández de Alarcón, en coordinación con corresponsales en Miami, Massahussets y la República Dominicana. Alarcón ha afirmado que ya se está recurriendo a su contenido para solventar otros casos similares, que hasta ahora sometían a las hoteleras internacionales a la jurisdicción norteamericana.
Paula Pielfort Asquerino (hoteles@hosteltur.com)
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