La Agencia Catalana de Consumo comenzará el próximo 1 de septiembre la campaña de inspección sobre precios en las agencias de viajes pudiendo sancionar, en caso de infracción, a cualquier minorista con independencia de que su sede central esté ubicada fuera de Cataluña.
Tal y como aclara ACAV en un comunicado "serán objeto de inspección los precios de venta al público de los artículos ofertados en los escaparates". Las agencias deberán incluir en el precio de las ofertas sobre viajes las tasas y el carburante "no pudiéndose identificar éstos como suplementos puesto que forman parte del precio final". Desde UCAVE se sostiene que esto beneficiará al sector ya que ayudará a controlar, sancionar y eliminar las prácticas ilegales o poco éticas que perjudican la imagen de las agencias de viajes.
En cuanto a los seguros de viaje, el artículo 156.1.d del Real Decreto 1/2007 de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, obliga a las agencias a informar "sobre la suscripción facultativa de un contrato de seguro que cubra los gastos cancelación por el consumidor y usuario o de un contrato de seguro de asistencia que cubra los gastos de repatriación o traslado al lugar de origen en caso de accidente, enfermedad o fallecimiento". Por ello y para evitar que cliente pueda alegar que no se le dio ni informó sobre la posibilidad de contratar un seguro, ACAV aconseja incluir en el Contrato de Viaje Combinado una clausula que manifieste que "el cliente ha sido informado de la posibilidad de contratar un seguro de viaje y cancelación y de las condiciones generales y particulares que rigen el mismo".
Por otra parte, también deberá incluirse en el precio final los costes de visado y propinas si se abonan en la agencia, o separadamente del precio final si se abona en destino a un tercero que no sea la agencia de viajes organizadora. También deberá reflejarse en la publicidad, si es el caso, "oferta sujeta a condiciones especiales de cancelación en caso de desistimiento por parte del consumidor".
En lo que respecta a los gastos de gestión de las agencias, la publicidad deberá advertir que "los precios finales indicados en la presente oferta podrán verse incrementados con el importe de los gastos de gestión que estime oportuno cobrar la agencia de viajes minorista." Asimismo la normativa obliga a disponer de carteles claros y visibles sobre los gastos de gestión que se cobra en cada caso, tanto en el escaparate como en el interior del establecimiento.
En cuanto a los folletos ACAV afirma que deberán incluir la mención de que los precios pueden verse incrementados con los gastos de gestión, y el seguro de cancelación o asistencia deberá siempre aparecer como un servicio opcional.
Álvaro Quijano (agencias@hosteltur.com)
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