La Comisión Europea ha decidido hacer públicas la mayoría de normas europeas relacionadas con la seguridad aérea, incluida la relación de objetos que los pasajeros no pueden embarcar en su equipaje de mano. Bruselas pretende así reforzar la transparencia, pero "sin comprometer la seguridad" en los aviones, por lo que algunos "elementos" considerados "sensibles" no serán dados a conocer.
El listado de objetos prohibidos en el equipaje de mano se publicará en el Diario Oficial de la UE y en la página web de la Dirección General de Transportes de la CE "en cuestión de días", con el fin de que "los usuarios estén mejor informados", según ha explicado el portavoz comunitario de Transporte, Fabio Pirotta.
Pirotta ha insistido, no obstante, en que no se trata de información nueva y que la normativa europea de seguridad aérea "ya fue difundida en 2004 y actualizada en 2006". La norma en cuestión es un reglamento sobre seguridad aérea que se aprobó en 2002 y que disponía que algunas de sus medidas de acompañamiento no deberían publicarse, sino únicamente ponerse a disposición de las autoridades apropiadas.
En 2003, Bruselas adoptó, en aplicación de este reglamento, otra norma que en su anexo recogía la lista de objetos prohibidos en el equipaje de mano, pero no la hizo pública, y únicamente anunció su contenido en un comunicado de prensa. La lista se ha modificado en varias ocasiones y en una de ellas, en 2006, se incluyeron las restricciones a los líquidos.
Objetos prohibidos
Entre los objetos prohibidos figuran elementos afilados o punzantes, armas de fuego y sustancias inflamables, explosivas, químicas o tóxicas. En el caso de los líquidos --incluidos geles, lociones y aerosoles--, pueden llevarse en el equipaje de mano en recipientes con capacidad máxima de 100 mililitros y en el interior de bolsas transparentes perfectamente cerradas y con capacidad máxima de un litro.
El secretismo en torno al listado de objetos prohibidos en el equipaje de mano ha sido muy criticado, especialmente desde el Parlamento Europeo que pidió la publicación íntegra de la norma. También la abogada general del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, Eleanor Sharpston, pidió que se anulara y se declarara inexistente esta norma comunitaria porque la lista nunca se ha hecho pública.
La "persistente y deliberada" falta de publicación es un "vicio de tal gravedad" que no puede ser tolerado por el ordenamiento jurídico comunitario, consideró entonces Sharpston en un dictamen sobre el caso de un ciudadano austriaco que en 2005 fue interceptado en el control de seguridad del aeropuerto de Viena por llevar en su equipaje de mano raquetas de tenis, artículos supuestamente prohibidos.
Acuerdo con Croacia
De acuerdo a la normativa europea, los pasajeros en tránsito en aeropuertos de la Unión Europea no pueden llevar en su equipaje de mano, al cambiar de avión, líquidos que hayan sido adquiridos en países terceros.
Sin embargo, Bruselas ha anunciado que aplicará una exención a seis aeropuertos croatas (Dubrovnik, Rijeka, Pula, Split, Zadar y Zagreb), después de que las autoridades del país "hayan demostrado que sus medidas de seguridad son tan buenas como las del resto", explicó el vicepresidente de la Comisión Europea y comisario de Transporte, Antonio Tajani.
Se trata de la segunda ocasión en la que el Ejecutivo comunitario aplica esta exención a un país --ya lo hace con Singapur--, pero Tajani ha expresado en un comunicado su voluntad de "poder añadir próximamente otros aeropuertos de países terceros a esta lista". El portavoz de Transporte, Fabio Pirotta, ha explicado que "hay otros países que han solicitado exenciones similares", pero que sus autoridades deberán remitir a la Comisión informes "que prueben la seguridad" de sus aeropuertos.
HOSTELTUR (transportes@hosteltur.com)
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