El Consejo de Gobierno ha aprobado ayer la modificación del decreto de Establecimientos Hoteleros de Andalucía. Esta norma, vigente desde 2004, regula los requisitos que deben reunir los alojamientos en cuanto a superficie, infraestructuras y servicios para garantizar unas condiciones homogéneas de calidad, además de establecer sus distintas tipologías y modalidades.
Como principal novedad, se recoge la posibilidad de que determinados establecimientos ubicados en el ámbito territorial de la modalidad de playa puedan ser considerados alojamientos de ciudad de forma excepcional. Previo informe técnico preceptivo por parte de la Administración autonómica, podrán obtener esta catalogación aquellos hoteles situados en poblaciones litorales de más de 20.000 habitantes cuando las características de la demanda, su localización y su estrategia de mercado lo justifiquen. Los establecimientos que se acojan a esta excepción deberán cumplir con los servicios contemplados para su grupo y categoría y mantener la superficie mínima fijada para la modalidad de playa.
Además, se han actualizado las condiciones sobre recuperación y reutilización de los recursos hídricos, de forma que se suprimen las exigencias de disponer de un depósito para almacenamiento de las aguas pluviales y de instalaciones específicas para tratamiento de las aguas grises. No obstante, este último requisito sigue vigente para los alojamientos que cuenten con más de 40 habitaciones, siempre que el municipio en que se ubiquen disponga de una red específica para tales aguas.
En la nueva regulación también se sustituye el sistema anterior para calcular la dotación de ascensores y montacargas exigibles por un número mínimo fijado según la categoría y las plantas del edificio. Además, se exime a los hoteles de cuatro estrellas de la obligatoriedad de disponer de un servicio de peluquería, exigencia que se mantiene para los de cinco estrellas con más de 100 habitaciones.
Finalmente, se amplía de cuatro a seis años el periodo transitorio de adaptación a la obligación de que la explotación de los establecimientos corresponda a una sola unidad empresarial.
El nuevo texto ha contado con las aportaciones de los agentes económicos y sociales representados en la Mesa del Turismo y del Consejo Andaluz de Turismo, en el que se integran además las asociaciones de consumidores y usuarios y la Federación Andaluza de Municipios y Provincias (FAMP).
HOSTELTUR (hoteles@hosteltur.com)
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