La nueva normativa sobre líquidos en el equipaje entra en vigor a partir de marzo
Publicada 09/02/09

No habrá restricciones sobre los líquidos que se transporten en el equipaje facturado para la bodega.
Las autoridades europeas aconsejan que los pasajeros sean cuidadosos respecto a las restricciones de líquidos establecidas, ya que las cantidades de líquidos transportados en los equipajes serán verificadas.
Los permitidos
Entre los líquidos permitidos por la norma aprobada se encuentran agua, jarabe, todos los líquidos incluidos el alcohol, cremas, lociones, aceites (incluidos los cosméticos), perfumes, máscara incluidos todos los de maquillaje, salvo las barras de labios; espumas de afeitar, desodorantes, pasta de dientes, mermelada, miel, yogur, melaza, pasta de tomate, líquidos para lentes de contacto, champús y demás materias líquidas similares. Siempre en la cantidad establecidas y transportadas como indica la normartiva.
Los líquidos correspondientes a compras realizadas en tiendas libres de impuestos o en vuelo deberán ser colocados en una bolsa de plástico sellada, con el recibo adjunto a la bolsa por el dependiente del establecimiento o auxiliar de vuelo. Una vez que la compra y sus recipientes han sido chequeados en los controles de seguridad, se permitirá ingresa el producto al avión.
En el caso de los vuelos de tránsito, donde el destino final se alcanza en otro aeropuerto, la bolsa con las compras libres de impuestos se dejará abierta debido a los controles de seguridad. En caso contrario, la mercancía podría ser confiscada.
Excepciones
Al igual que en anteriores normativas, se harán excepciones en determinadas circunstancias, como en los casos de pasajeros que viajen con bebés que podrán llevar una cantidad suficiente de alimentos durante el viaje, así como en los de viajeros con necesidades especiales de medicación, a condición de que se encuentren en el envase original; si bien en ciertos casos podría ser exigida la prescripción facultativa.
Diana Ramón Vilarasau (transportes@hosteltur.com)
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