Un tribunal portugués condena a Iberia a pagar comisiones a las agencias
Publicada 21/05/09
Hasta 2 millones de euros en comisiones
Según declaraciones a HOSTELTUR, la asociación tiene que realizar la contabilización de los billetes emitidos durante este tiempo, por lo que aún es aventurado adelantar el coste que esta sentencia tendrá para la aerolínea española. No obstante, fuentes del sector hablan de 2 millones de euros. El pago de las comisiones podría comenzar inmediatamente después de que la contabilización haya sido realizada, ya que el Supremo era la última instancia a la que podía apelar Iberia.
Ésta es la primera resolución definitiva en el proceso emprendido por APATV contra Iberia, British Airways, Lutfhansa, Air France y KLM. En la actualidad, la asociación ha ganado sus denuncias contra Lutfhansa y British Airways en tribunales de primera instancia y están a la espera de las apelaciones de ámbas. En el caso de Air France y KLM, se encuentran en fases previas de instrucción. Fuentes de APATV aseguran que la sentencia favorable del Supremo ?nos hace sentirnos muy optimistas respecto a las demás demandas?.
AEDAVE estudiará seguir el ejemplo
La APAVT ha recordado que ?se vio oligada a emprender acciones contra las compañías aéreas por la intransigencia de éstas de asumir el pago ahora reconocido por la decisión de este tribunal?. Además, el presidente de APAVT, Joao Passos, ha manifestado que ?estas situaciones contribuyen al fortalecimiento de nuestra asociación y justifican una cada vez mayor cohesión entre todos los agentes económicos de la industria del turismo, especialmente las agencias de viajes?.
En nuestro país, el presidente de la Asociación Empresarial de Agencias de Viajes Españolas, AEDAVE, José Manuel Maciñeiras, ha manifestado en declaraciones a este digital que la sentencia del Supremo portugués es ?una muy buena noticia?. Respecto a si podría sentar un precedente en otros países, Maciñeiras manifestó que ?hay diferencias jurídicas importantes respecto a España, por lo que no sabemos si esta sentencia se podrá aplicar a nuestro marco jurídico, pero desde luego lo estudiaremos?.
Isabel Martín (agencias@hosteltur.com)
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