El Tribunal Supremo sienta precedente contra la concertación de precios en el Estrecho
Publicada 04/08/09
La decisión del Tribunal Supremo podría sentar precedente de cara a otro caso que se ha presentado más recientemente. La Comisión Nacional de la Competencia abrió en marzo de 2009 un expediente sancionador contra cinco navieras que prestan servicio en el mismo trayecto por presunta concertación de precios. Las compañías implicadas presuntamente en este caso serían Buquebus España, Euromaroc 2000, Eurolíneas Marítimas, EuropaFerrys y Acciona Trasmediterránea.
Todo surgió en esta última ocasión a consecuencia de una denuncia cursada en su contra por las autoridades de la Ciudad de Ceuta, con fecha de entrada en la Dirección de Investigación de la CNC el pasado 28 de mayo de 2008. Según el documento, estas empresas habrían incurrido en ?una supuesta conducta prohibida por el artículo 1 de la Ley 15/2007, de 3 de julio, de Defensa de la Competencia (LDC), consistente en la fijación de los precios del servicio de cabotaje marítimo de pasajeros y vehículos en la línea Ceuta-Algeciras- Ceuta?, concretamente en el puente de Semana Santa, entre el 14 y el 27 de marzo del año pasado.
La acusación de las autoridades de Ceuta señala que esta conducta obedecería a ?un pacto previo no escrito, una práctica concertada o, cuando menos, una práctica conscientemente paralela de las navieras denunciadas, que procedieron a suprimir simultáneamente el sistema de ofertas existentes hasta el momento y recuperaron las tarifas generales, extremadamente similares?.
La Dirección de Investigación realizó un informe preliminar en el que se establecía que existen indicios racionales de una infracción del artículo 1 de la citada ley. El organismo tiene aún más de un año de plazo para dictar una resolución en este último caso.
Ángeles Vargas (transportes@hosteltur.com)
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