Bruselas reclama a España que modifique la normativa del IVA de las agencias de viajes para paquetes
Publicada 10/10/09
Bruselas presentó una propuesta legislativa en 2002 para resolver algunos problemas de competencia que generaba la norma -por la aplicación desigual en los distintos países y por la ventaja de que disfrutan los operadores de fuera de la UE a los que no se aplica el IVA-, pero los Veintisiete todavía no la han dado su visto bueno. En virtud de este mecanismo, todos los servicios que forman parte de un paquete turístico pagan el IVA en el Estado miembro donde se efectúa el viaje y no en el país donde se compra la oferta, sin ninguna posibilidad de desgravación.
Asimismo, la agencia tributa el IVA por la totalidad del paquete en el país donde está radicada, pero sólo por el margen que se embolsa (el valor añadido resultante de ofrecer los servicios en conjunto). De este modo, la agencia se ahorra las complicaciones de pagar el IVA por servicios sueltos en otro país, y también la tarea de reclamar su devolución, y el precio final del paquete no se ve afectado por el nivel de ese impuesto en el país donde se vende, que puede no ser el mismo que aquel en el que se efectúa el viaje.
Bruselas ya ha abierto expedientes a varios países por la manera en que aplican las reglas del IVA en este sector. En el caso de España, el Ejecutivo comunitario está en desacuerdo con la aplicación del sistema especial en casos en los que el cliente no es el viajero, sino otro intermediario que revenderá los servicios.
Tampoco aprueba la exclusión del mecanismo de algunas ventas hechas por agencias minoristas en su nombre, ni la potestad del operador, bajo algunas circunstancias, para incluir en la factura una cantidad no vinculada directamente al IVA cargado y que el cliente puede desgravarse. Asimismo, pretende que se elimine la capacidad de la agencia de viajes de determinar la cantidad total sujeta a gravamen para cada ejercicio fiscal.
HOSTELTUR (agencias@hosteltur.com)
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