Las agencias exigen a las aerolíneas que incluyan en los GDS los suplementos por equipaje

Publicada 04/11/09
Las agencias exigen a las aerolíneas que incluyan en los GDS los suplementos por equipaje
ACAV ha requerido a las compañías aéreas que han informado que aplican recargos por equipaje que incorporen en el billete las condiciones y adopten "las medidas necesarias para que las agencias de viajes, en aras a que puedan prestar un servicio completo a sus clientes, puedan contratar los suplementos de equipaje a través de los GDS"s".
En concreto, la asociación de agencias de viajes se ha dirigido a Delta Airlines, British Airways, American Airlines, US Airways y Air France, compañías aéreas que han informado de su nueva política de equipajes. ACAV considera que todas las aerolíneas deben informar de las condiciones del equipaje en el billete ?por ser este el contrato de transporte en el que deben establecerse todas las cláusulas a las que está sujeto el mismo. Las agencias de viajes no pueden asumir la obligación de facilitar información no incluida en el billete?.
 
Asimismo ACAV considera que, en caso de que se aplique algún suplemento por facturación adicional de equipaje, las agencias de viajes deben estar facultadas para poder comercializar el servicio completo, permitido que dicho suplemento pueda ser contratado a través del GDS.
 
Amadeus ya está desarrollando una aplicación
 
Como HOSTELTUR ha informado, las compañías de bandera están progresivamente comenzando a cobrar por el equipaje, igual que las low cost. Una tendencia a la que se musa el anuncio realizado por Iberia de que "estudia la posibilidad" de aplicar un recargo por maleta facturada. De hecho, Amadeus ya está desarrollando una aplicación específica para automatizar el cobro de estos recargos.
 
Por otro lado, la inclusión de cláusulas que exigen el pago obligatorio de la maleta que el pasajero quiera facturar está considerada como "abusiva" y por tanto ilegal, según sostiene la Agencia Catalana de Consumo. "El precio del billete tiene que incluir el equipaje que se quiera facturar hasta el límite que determine cada compañía aérea", explica este organismo. En este sentido, cada Comunidad es responsable de velar por el cumplimiento de lo dispuesto en el Capítulo IV del Reglamento CE 1008/2008, normativa que regula la publicidad y fijación de precios en materia de transporte aéreo.
 
José Manuel de la Rosa (josemanuel.delarosa@hosteltur.com
Avatar redactor Redacción Hosteltur España

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