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El Supremo multa a Iberia por no proteger datos de sus pasajeros

Publicada 31/03/10
El Supremo multa a Iberia por no proteger datos de sus pasajeros
El Tribunal Supremo ha confirmado tres sanciones a Iberia impuestas por la Audiencia Nacional, por un importe que suma 361.208 euros, al vulnerar la protección de los datos personales de varios pasajeros.
El Supremo ha desestimado el recurso de casación que presentó Iberia tras la sentencia condenatoria de la Audiencia Nacional, al considerar que éste se presentó "en deficientes términos" y se limita a reproducir las alegaciones al respecto sin ceñirse a las exigencias de ese tipo de apelación.

La Sala de lo Contencioso Administrativo del alto tribunal recuerda en la sentencia que en agosto de 2002 se encontraron en las inmediaciones del aeropuerto de El Prat, en Barcelona, diversos documentos pertenecientes a Iberia en los que figuraban los datos personales de pasajeros a quienes se les había extraviado el equipaje.

Los datos de los pasajeros recogidos por la compañía aérea fueron registrados en su sistema de información y su tratamiento no estaba declarado en el Registro General de Protección de Datos.

Además, el contrato entre Iberia y la empresa encargada de repartir los equipajes extraviados a los pasajeros, CACESA, carecía de cláusulas para regular las medidas de seguridad a tener en cuenta en el tratamiento de los datos personales de los pasajeros.

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