Las agencias temen fraudes contra su exclusividad en paquetes a base de sumar servicios sueltos
Publicada 14/04/10
La primera Comunidad en aplicar la nueva normativa ha sido la andaluza. De hecho, la Junta de Andalucía ha modifica ocho decretos para simplificar procedimientos que afectan a la actividad turística y, en el caso de las agencias de viajes, ha eliminado el régimen de exclusividad que mantenían para la venta de servicios turísticos, si bien mantiene la exclusividad de los viajes combinados.
Pero precisamente esta exclusividad de las agencias en la venta de paquetes generó ciertas dudas la semana pasada durante la celebración del consejo directivo de FEAAV, que tuvo lugar en Córdoba. Los miembros de la federación trasladaron a un representante de Turismo de Andalucía la inquietud que tienen de que empresas o particulares se aprovechen de la nueva normativa para vender viajes combinados de modo fraudulento.
Suma de servicios
Consideran que la Bolkestein todavía tiene algunos efectos por analizar, ya que se puede da la circunstancia de que personas o entidades que no sean agencias de viajes, amparados en la nueva normativa, contraten servicios sueltos por separado para luego ofrecerlos todos juntos como un paquete, en lo que sería un modo fraudulento de vender viajes combinados. En FEAAV consideran que es muy difícil demostrarlo y que hay muchas posibilidades de hacer trampas.
Por su parte, el vicepresidente de AEDAVE, Vicente Blasco, considera que no debe haber tal suspicacia y que la normativa es clara: ?la suma de dos o más servicios demuestra que se trata de un viaje combinado. Si esta práctica la realiza alguien que no sea agencia se le puede denunciar?.
Mientras que el director general de Turismo de la Comunidad de Madrid, Antonio Nieto, indica a este diario que ?hay que tener en cuenta varias consideraciones. En primer lugar debe quedar claro que la nueva normativa obliga a una liberalización de servicios, y que también, en consonancia con otra directiva sobre los derechos de los consumidores, se mantiene la exclusividad de las agencias en la venta de viajes combinados?.
Código de inscripción en lugar de título-licencia
Y respecto a una posible práctica fraudulenta, Nieto indica que ?la venta de servicios sueltos está liberalizada. Frente a posibles actos ilegales habrá que controlarlo mediante inspecciones y denuncias?.
En este sentido, Vicente Blasco aclara que la directiva Bolkestein liberaliza la venta de todos los servicios turísticos (billetes de tren, avión, reservas hoteleras, alquiler de coches, etc., etc.) y deja solo a las agencias de viajes la exclusividad de los viajes combinados, que están compuestos del trasporte más otro elemento de servicio turístico. No solo son los mayoristas los que organizan viajes combinados, sino también las propias agencias minoristas?.
Y añade que ?la legislación española es prácticamente idéntica en todas las autonomías. Cualquier persona física o jurídica que quiera abrir una agencia de viajes, sencillamente presentará ante la administración correspondiente una declaración responsable acompañada de los documentos necesarios tanto de identificación de la personalidad como avales, seguro de responsabilidad ( en este caso las autonomías difieren, en unas en obligatoria, caso Andalucía, y en otras en libre, caso Valencia), etc. La administración en un plazo corto (1-2meses) comprueba que es correcto todo lo aportado. En cuento se presenta la documentación responsable podrá proceder a iniciar la actividad y se le adjudica por parte de la administración un numero de inscripción, similar al llamado anteriormente titulo-licencia?.
José Manuel de la Rosa (josemanuel.delarosa@hosteltur.com)
http://twitter.com/JMaDelarosa
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