Castilla y León define por ley nuevas tipologías de alojamiento turístico y endurece el régimen sancionador
Publicada 11/06/10
La consejera de Cultura y Turismo, María José Salgueiro, ha destacado, en la rueda de prensa posterior al Consejo, "se amplía el catálogo de competencias de las administraciones" sobre el sector.
De este modo, "las competencias de los patronatos de Turismo se refuerzan y se hace un reconocimiento expreso de las Comunidades Castellanas y Leonesas en el exterior".
Asimismo, se refuerzan las funciones y la participación en el seno del Consejo Autonómico de Turismo, con la puesta en marcha de un Centro de Análisis Turístico, un Comité Permanente para nuevos productos turísticos y una Mesa de formación.
Otra de las novedades es que regula por primera vez con rango de ley el turismo activo, los albergues o las centrales de reservas.
Nuevas tipologías de alojamiento
La futura ley establecerá nuevas tipologías de alojamientos: hoteles, hoteles apartamento, moteles, hostales y pensiones y, como novedades, hotel familiar, gastronómico, balneario y con historia.
Para el turismo rural, introduce la nueva categoría de hotel rural, desaparece la de centro de turismo rural y se mantienen las de posada y casa rural.
Los alojamientos de turismo rural se clasificarán en cinco categorías, lo que, según la consejera, convierte a Castilla y León en la primera Comunidad con esta diferenciación.
En cuanto a los establecimientos de restauración, se mantienen los restaurantes, cafeterías y bares y se crean los salones de banquetes y la posibilidad de especialización de en asador y mesón.
Por otra parte, como consecuencia de nuevas normativas europeas, la ley mantendrá la eliminación de barreras legales y la simplificación de los procedimientos.
Otras novedades son las nuevas tipologías de oficinas de turismo, integradas y supramunicipales, y que se da entrada en la ley a la oferta turística complementaria: esquí y montaña, golf, palacios y oficinas de congresos, transporte público de viajeros y alquiler de vehículos con o sin conductor, turismo de salud, enoturismo, catering o enseñanza del español para extranjeros.
Además, puesto que la Unión Europea ha eliminado licencias de actividad, para evitar "la actividad clandestina" se aumentan las multas, que van desde los cien euros de algunas leves a 90.000 de las más graves.
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