Industria aprueba una norma que permite a los pasajeros utilizar el teléfono móvil durante el vuelo
Publicada 14/07/10
La Orden Ministerial, que regula tanto los aspectos técnicos como las condiciones que deben cumplir los operadores que deseen prestar este servicio, recoge que, para la prestación en aeronaves en vuelo, el servicio MCA requiere la definición de unas condiciones técnicas de funcionamiento armonizadas que aseguren su continuidad transfronteriza establecidas por la Comisión Europea.
El año paado, los últimos días de noviembre, tal y como publicó HOSTELTUR, España aprobó las frecuencias para el uso del móvil en aviones y trenes. En concreto, el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio ha publicado en el BOE la resolución con los requisitos y las especificaciones técnicas de la interfaz relativa al sistema de comunicaciones móviles GSM en aeronaves y trenes y que deberán cumplir las compañías aéreas para ofrecer servicio de telefonía móvil a bordo de aviones, así como en el caso de la operadora ferroviaria en trenes, una posibilidad técnica que podría abarcar la conexión a Internet.
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