Previo examen psicofísico

Los controladores podrán seguir operando a partir de los 57 años

Publicada 21/10/10
Los controladores podrán seguir operando a partir de los 57 años
Con el voto en contra del PartidoPopular, Izquierda Unida e Iniciativa por Cataluña Verdes, el Pleno del Congreso ha aprobado una modificación de la Ley de Prestación de Servicios de Tránsito Aéreo que permite que, previo examen psicofísico, los controladores puedan continuar desarrollando "funciones operativas" más allá de los 57 años.
Los controladores de tránsito aéreo que alcancen los 57 años de edad deberán renovar o revalidar el certificado médico cada seis meses como máximo, según establece el texto de la disposición introducida.
  
Este cambio será aplicado a todos los controladores de tránsito aéreo que hayan cumplido 57 años de edad, aún habiendo cesado en sus funciones operativas tras la entrada en vigor de la Ley aprobada el pasado mes de abril. Serán restituidos siempre que acrediten su plena aptitud psicofísica y cumplan con los demás requisitos establecidos por la nueva normativa.

El objetivo, según el Partido Socialista, es posibilitar a los trabajadores mayores de 57 años que esténen condiciones que prosigan con su actividad profesional.

Otro puesto o ATC
 
Las diferencias entre el PP y el PSOE se producen respecto a la situación de aquellos controladores que, una vez superados los 57 años, no puedan continuar sus funciones operartiva s en una torre de control por haber perdido su aptitud psicofísica.

En este caso, el proveedor de servicios debe ofrecerles otro puesto de trabajo que será retribuido de acuerdo con las funciones que efectivamente realice el controlador; mientras que el PP plantea que los controladores en esta situación reciban un nombramiento de técnico ATC "o una figura que lo sustituya en la norma convencional que resulte de aplicación", una propuesta que ha sido rechazada, primero por la Comisión y posteriormente por el Pleno del Senado.
  
En cualquier caso, si la empresa no puede recolocarle, el controlador pasará a una situación de reserva activa hasta que alcance la edad de jubilación forzosa, cobrando una retribución que se acordará en la negociación colectiva y será incompatible con cualquier otro trabajo por cuenta propia o ajena, excepto la realización de labores de formación aeronáutica o de inspección aeronáutica en el ámbito de la Unión Europea.

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