El Juzgado embarga a Gerardo Díaz, Gonzalo Pascual y Posibilitum
Publicada 13/11/10
Dentro de las medidas cautelares adoptadas se ha acordado el embargo preventivo de cinco fincas propiedad de Díaz Ferrán y de otras cinco fincas propiedad de Gonzalo Pascual, así como de las cuentas y depósitos de que dispongan ambos empresarios en las entidades bancarias reseñadas por la administración concursal, por valor total de 834,6 millones de euros.
Asimismo, se establece el embargo preventivo de los bienes de Posibilitum, actual propietaria de Viajes Marsans, por otros 417,3 millones de euros. La juez embarga así los derechos de crédito y de titularidad de la sociedad, los derechos de cobro que tenga frente a terceros, de los que deberá informar en un plazo de cinco días al juzgado, y de todos los saldos favorables que hubiera en las cuentas y depósitos a nombre.
Díaz y Pascual, posibles culpables
Esta decisión abre la posibilidad de que Gerardo Díaz Gonzalo Pascual sean declarados culpables de la situación concursal de Viajes Marsans. En este caso, se les consideraría responsables patrimoniales de los impagos y se les impondría una inhabilitación para administrar bienes ajenos, que puede ir de cinco a 20 años. Contra el auto no cabe recurso alguno.
El auto concluye que "resulta obvio que Viajes Marsans se demoró al solicitar su declaración de concurso. Así, se encontraba en situación de insolvencia actual meses antes de solicitar el concurso. Tal dato se deduce de la lista de acreedores, ya que la fecha de vencimiento de los créditos y los impagos llevan a tal conclusión".
Además, la juez señala que la falta de liquidez que presentada la empresa en el momento de solicitar el concurso contrastaba "con los importantes gastos estructurales de la empresa, como también con las deudas con Hacienda y la Seguridad Social, que datan no ya de 2009, sino incluso de 2008".
La administración concursal acusa a los dueños de Posibilitum de "falta de colaboración" y de realizar "ciertos actos" que agravaron la insolvencia. Entre estos actos, el auto señala irregularidades en la tramitación del ERE, así como la contratación de nuevos empleados con "salarios desproporcionadamente altos" cuando se adeudaban salarios a los trabajadores.
En este sentido, el auto revela que tanto Díaz Ferrán como Pascual se dieron de alta como trabajadores de la concursada, un acto ante el que la juez muestra su "estupor". A este respecto cabe destacar la exclusiva publicada por HOSTELTUR, dando cuenta de los cheques firmado por Iván Losada, de Posibilitum, por 800.000 euros, y de los 340.000 euros cobrados por Díaz y Pascual como sueldo.
Además, la juez considera que existe "riesgo" de que ambos empresarios pudieran estar vendiendo bienes al margen del concurso, ya que, explica, existen datos que constatan que se han deshecho de sociedades tras la declaración concursal de la matriz, como es el caso de Marsans Brasil.
La fórmula del enterrador se agrieta
Para muchos en el sector, esta acción judicial trae un poco de cordura a un proceso marcado por los despropósitos. En el ámbito empresarial la operación de compra-venta de Viajes Marsans se ha considerado un intento desesperado de Díaz y Pascual por quitarse de encima una bomba de relojería, una vez fracasados todos los intentos de venta a un grupo serio.
Pero parece que finalmente la bomba ha estallado antes de lo que esperaban, y el efecto se repartirá también con los cómplices de la operación, la singular sociedad Posibilitum, especializada en la fórmula del enterrador.
Posibilitum amaga con denunciar a los concursales
Una sociedad que a las pocas horas de conocerse el auto de la juez emitió un comunicado en el que dice: ?Posibilitum, con independencia de que en el momento procesal oportuno ejercite la defensa de sus intereses frente a la medida de embargo cautelar decretada como consecuencia de unos erróneos argumentos aducidos por la administración concursal que en modo alguno justifican la medida adoptada, está estudiando seriamente el ejercicio de acciones contra la propia AACC de Viajes Marsans, al entender que concurren hechos notorios que permiten acreditar la deficiente actuación en su labor concursal, pudiendo derivarse de ello no sólo la posible destitución de los administradores, sino su responsabilidad personal?.
José Manuel de la Rosa (josemanuel.delarosa@hosteltur.com)
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