Las agencias que quieran recibir turistas chinos tienen hasta fin de mes
Publicada 17/11/10
De conformidad con el apartado ?1. Agencias de viajes? de la Declaración conjunta sobre las medidas de ejecución aneja al citado Memorándum, la Comisión Europea recomienda a los Estados miembros de la CE que suministren una lista de agencias de viajes de su territorio a la Administración Nacional de Turismo de China. Este organismo incluye esa lista en su base de datos de agencias de viajes de receptivo de la CE con las cuales las Agencias de Viajes chinas pueden contratar los servicios de receptivo en la CE. Las agencias de viaje europeas inscritas deben contar con la capacitación suficiente para satisfacer las características de ese mercado y para cumplir las obligaciones impuestas a las AAVV en el Memorándum de Acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea de 20 de marzo de 2004, página L83/12.
Aunque la lista es jurídicamente indicativa, según interpretación de la Comisión Europea, se recomienda a las AAVV que efectivamente vayan a contratar con AAVV chinas la prestación de servicios de receptivo en la CE que se inscriban en dicha lista. La razón de esta inscripción no es solamente posibilitar la contratación por las AAVV chinas, sino también porque las oficinas consulares de los Estados miembros de la CE exigen a las AAVV chinas, al solicitar éstas los visados, una certificación de la AV europea receptiva con especificación de todos los servicios contratados y reservados para el grupo ADS.
Actualización semestral
La lista indicativa de AAVV, una vez integrada por la Delegación de la Comisión Europea en China, es el único instrumento de que disponen las oficinas consulares de los Estados miembros de la CE en China para comprobar que la empresa europea declarada por la AV china emisora para el receptivo en destino es una auténtica agencia de viajes y no otro tipo de empresa.
La Administración Turística China ha manifestado a la Delegación de la Comisión Europea en Pekín su intención de actualizar la lista semestralmente para que las agencias de viajes pertenecientes a los países europeos incluidos en el Memorándum de Acuerdo puedan ser incluidas en la base de datos a la que tienen acceso las AAVV chinas autorizadas para la emisión de grupos de turistas al exterior.
Para aquellas agencias que estén interesadas en formar parte del listado, deberán comunicarlo a la Secretaría de Estado de Turismo, Instituto de Turismo de España, a través de la Subdirección General de Cooperación y Competitividad Turística. El plazo es del 15 al 30 de noviembre.
Las agencias de viaje españolas que ya figuren en la lista y deseen seguir incluidas en la relación, deben comunicarlo también por el mismo procedimiento. De no hacerlo, se sobreentederá que desean darse de baja y se las excluirá automáticamente de la lista.
José Manuel de la Rosa (josemanuel.delarosa@hosteltur.com)
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