Pregunta 1129 hace 7 años en Propiedad Intelectual
Respuesta por Mónica Julve hace 7 años
Sí, la SGAE está legitimada para exigir el pago de una tarifa por los aparatos de televisión instalados en un establecimiento. El motivo es que la Ley de Propiedad Intelectual reconoce a las entidades de gestión (entre ellas la SGAE) el derecho a recaudar las tarifas por los actos de comunicación pública en los que se incluyan contenidos gestionados por cada una de ellas. En este sentido, las comunicaciones realizadas en los establecimientos turísticos (independientemente del tipo) se consideran comunicación pública dado que no existe un único destinatario, sino multitud de ellos al ir variando en cada caso.
En cuanto a los derechos gestionados, la SGAE es una entidad que gestiona derechos de autor, por lo que siempre que se emitan contenidos que incorporen derechos de autor estará legitimada para exigir el pago que corresponda. En este caso, los contenidos que se emiten a través de canales de televisión, con independencia de que sean o no de pago, incorporan derechos de autor.
Lo que habría que analizar es si la tarifa que pretende aplicar tiene en cuenta las características concretas del establecimiento, ya que tras las últimas modificaciones legislativas, las entidades de gestión están obligadas a aplicar índices correctores sobre las tarifas generales aprobadas.