Preguntas Asesoría legal turística Hosteltur

Pregunta 1173 hace 7 años en Turoperadores

Buenas, me pregunta es,: esta obligado un hotel de 4 estrellas a tener aire acondicionado y en funcionamiento en un salón de espectáculos con más de 200 personas en agosto, en Andalucía? gracias

Respuesta por Mónica Julve hace 7 años

Los requisitos aplicables a los Hoteles en Andalucía vienen regulados en el Decreto 47/2004, de 10 de Febrero, de Establecimientos Hoteleros, en su versión revisada adaptada a la Ley 13/2011, de 23 de diciembre, del Turismo de Andalucía.

El citado Decreto 47/2004 incluye en sus distintos anexos los requisitos que deben cumplir las distintas modalidades turísticas permitidas en la comunidad autónoma. En el caso de los Hoteles, vienen regulados en el Anexo 1, cuyo apartado 5 se refiere a las instalaciones y servicios y el punto 5.1 concretamente a Climatización, calefacción, refrigeración y agua caliente.

Pues bien, según lo previsto en el punto 5.1 del Anexo 1 del Decreto 47/2004, los hoteles de 4 estrellas deben obligatoriamente disponer de refrigeración tanto en unidades de alojamiento como en unidades de uso común.

Nuestros expertos en turismo

Abogado de asesoría turística: Luisa González Pou Luisa González Pou Abogada especialista en Responsabilidad Civil y negociación pre-litigiosa

Graduada en Derecho y Máster de Abogacía por la Universidad de les Illes Balears (UIB). Colegiada en el Ilustre Colegio de Abogados de les Illes Balears con el número 6480.

Se incorporó a MonlexHispajuris en 2016 y está especializada en responsabilidad civil corporativa.

Ejerce también en el departamento jurídico de una empresa del sector turístico.

Idiomas: Castellano

Abogado de asesoría turística: Miquel Planas Font Miquel Planas Font Abogado especialista en Asesoría Legal de Empresa (Derecho laboral, administrativo, mercantil y societario) y Derecho Civil.

Licenciado en Derecho por la Universidad de las Illes Balears (junio 2013). Colegiado en el Ilustre Colegio de Abogados de les Illes Balears (ICAIB) con el número 5647.

Máster en Derecho de Sociedades por la Universidad de las Illes Balears (2015-2016)

En mayo del año 2013 se incorpora al despacho MONLEXHISPAJURIS y se especializa en Derecho Laboral y Mercantil. Actualmente desarrolla su actividad jurídica en el Departamento de Derecho Societario prestando asesoría legal a prestigiosas empresas y asociaciones del sector.

Idiomas: Castellano, Catalán e Inglés.

Abogado de asesoría turística: Marc Ripoll Marc Ripoll Abogado especialista en Derecho Mercantil, societario, civil e internacional

Licenciado en Derecho Europeo, Internacional y Comparado de los negocios por la Universidad de Le Havre (Francia). Título Homologado al de “Licenciado en Derecho” (España). Colegiado en el Ilustre Colegio de Abogados de las Illes Balears (ICAIB) con el número 4692.

A lo largo de su carrera profesional ha trabajado en diversos despachos de abogados en Francia, el Reino Unido y España. Se incorporó a MONLEXHISPAJURIS en el año 2006.

Abogado de asesoría turística: Antonio Serra Serra Antonio Serra Serra Abogado Socio-Director y Fundador de MonLex

Licenciado en Derecho por la Universitat de les Illes Balears (1988). Colegiado en el Ilustre Colegio de Abogados de las Illes Balears (ICAIB) con el número 2653.

Especialización en el Área Fiscal y Contable por el Centro de Estudios Financieros de Madrid (1991).

Ejerció como abogado fiscalista en diferentes despachos. En 2002 funda MON-LEX, conjuntamente con José Antonio Fernández de Alarcón Roca, firma en la que desarrolla su actividad desde entonces.

Ostenta el position de miembro del Consejo de Administración de relevantes compañías turísticas multinacionales.

Compagina su actividad profesional con la docente, impartiendo desde el inicio cursos formativos para diferentes Confederaciones Empresariales.

Idiomas: Castellano, Catalán, Inglés y Francés

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