Pregunta 2473 hace 5 años en Agencia de Viajes
Respuesta por Mónica Julve hace 5 años
Buenos días,
En relación a su consulta entendemos jurídicamente que una habitación de hotel durante la estancia de la misma es considerada como un domicilio frente a terceros. El huésped en este caso ostenta la inviolabilidad de domicilio del artículo 18 de la Constitución Española como si de su vivienda se tratara. Otra cosa sería, el momento en el que se extingue el contrato o de otra manera, la finalización del servicio. Una vez finalizado el servicio entendemos que ese derecho fundamental que ostenta el huésped se pierde y por lo tanto cesa.
Entendemos que la información que aportó la policía no se trata de información correcta. Ya que entendemos que en el caso de que un huésped se comporte de manera que perjudique al hotel puede ser expulsado del mismo en virtud del derecho de admisión.
En este caso, y al tratarse de un huésped que se niega a salir de la habitación del Hotel, a única opción legal para poder forzar el desalojo del okupa sería mediante una demanda judicial de desahucio, siempre notificando al huésped de la carga económica que supone por día transcurrido en el mismo.
Esperamos haber resuelto su consulta.