Pregunta 26 hace 10 años en Propiedad Intelectual
Respuesta por José Pradel Alfaro hace 10 años
Estimado lector,
Cualquier tipo de explotación que realice un hotelero de elementos afectados por propiedad intelectual (las canciones son obras sobre las cuales, los autores y productores tienen derechos) repercute en su obligación de abonar las cantidades que correspondan a éstos.
Para poder gestionar legalmente los derechos, existen entidades de gestión (Artículo 147 Ley Propiedad Intelectual), que cobran de los hoteleros y demás licenciados y liquidan a los titulares de derechos. Una de las más conocidas entidades y la que sin duda gestiona un mayor repertorio es la SGAE. Te dejamos este link para que consultes los tipos de licencias según negocio, las tarifas así como los pasos para poder obtener legalmente la licencia. http://www.sgae.es/clientes/escoge-tu-licencia/negocios-espacios/hoteles/
La SGAE no es la única entidad de gestión. También existen otras a quien consultar, pero su web sin duda te facilitará mucha información útil a este respecto.
Cualquiera de las entidades de gestión te facilitarán, en atención al supuesto específico que les plantees, la mejor fórmula y cómo articular las liquidaciones para no realizar ninguna infracción en tu establecimiento.
Un saludo,